21 junio 2007

El Parlamento Europeo expresa su "más enérgica condena" contra los macroproyectos de urbanización en España




El PE aprobó hoy una resolución no vinculante sobre los casos de urbanización masiva en España, presentada por los grupos PSE, ALDE, Verdes/ALE y GUE/NGL. En la resolución, los diputados expresan su "más enérgica condena y oposición a los macroproyectos de urbanización" en España. También consideran que en muchos casos se han vulnerado "los derechos fundamentales de las personas" y piden a las autoridades regionales que creen comisiones de arbitraje para resolver los conflictos urbanísticos.



La resolución fue aprobada por 327 votos a favor, 222 en contra y 35 abstenciones. Los diputados "lamentan profundamente" que las prácticas de urbanización masiva se hayan extendido a varias regiones españolas, "especialmente a la Comunidad Valenciana y otras regiones de la franja costera mediterránea, pero también, por ejemplo, a la Comunidad de Madrid" (párrafo 2). Además, la resolución deja claro que "la obligación de ceder propiedad privada adquirida legítimamente (...) sin ofrecer una compensación adecuada constituye una vulneración de los derechos fundamentales de las personas de conformidad con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y la jurisprudencia europea en materia de derechos humanos" (párrafo 1). Por eso, los diputados expresan "su más enérgica condena y oposición" hacia este tipo de prácticas emprendidas por "empresas constructoras y promotores inmobiliarios" (párrafo 3). En esta misma línea, se condena la "aprobación tácita por algunos municipios de planes urbanísticos que más tarde son declarados ilegales" (párrafo 4), al tiempo que "se ponen en tela de juicio los métodos de selección de los promotores y agentes urbanizadores" (párrafo 8). La Eurocámara recuerda que han existido "casos de práctica de corrupción relacionados con macroproyectos de urbanización que han conducido a la detención y condena de funcionarios y políticos elegidos en las administraciones públicas locales" (considerando C). Por este motivo, el Pleno del PE "ruega" a las autoridades españolas y a los gobiernos de las Comunidades Autónomas, "en particular al gobierno de la Comunidad Valenciana", que "reconozcan el derecho legítimo de las personas a su propiedad adquirida legalmente y establezcan por ley criterios más precisos para la aplicación del artículo 33 de la Constitución Española con respecto a la utilidad pública y el interés social" (párrafo 7).




La única enmienda aprobada hoy por el Pleno es la número 3, que afirma que es "imperativo tomar medidas adecuadas que garanticen la correcta aplicación y el adecuado respeto de la Directiva marco del agua en lo que se refiere a los grandes proyectos urbanísticos". Comisiones de arbitraje Los diputados proponen que se creen "comisiones administrativas especiales" en las que participen los defensores del pueblo locales y con poderes de arbitraje para solucionar los conflictos relacionados con los proyectos urbanísticos (párrafo 11). En esta misma línea, se propone a las autoridades locales que consulten a los ciudadanos y los impliquen en los proyectos urbanísticos, con el objetivo de fomentar un desarrollo urbanístico "aceptable y sostenible" (párrafo 9). Comisión Europea La resolución "reconoce" los esfuerzos de la Comisión Europea (CE) para garantizar el cumplimiento por parte de España de las Directivas sobre contratación pública. Además, se recuerda que la CE "ha incoado procedimientos de infracción contra España por la deficiente aplicación de las Directivas de la UE sobre contratación pública" (considerando E).




Sin embargo, el Parlamento considera que se debería prestar más atención a los casos de "infracción de las directivas que regulan las cuestiones relacionadas con el medio ambiente, las aguas y las políticas de protección del consumidor" (párrafo 5).Además, la Cámara insta a la CE a que emprenda una campaña de información dirigida a los ciudadanos europeos que adquieran propiedad inmobiliaria en otro Estado miembro (párrafo 13).

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