28 enero 2008

Europa asume el coste de ser verde

El recorte de emisiones de CO2 costará a cada europeo tres euros por semana hasta 2020 - España sale bien parada del reparto de obligaciones entre los países


Font: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Europa/asume/coste/ser/verde/elpepisoc/20080124elpepisoc_2/Tes


La Comisión Europea presentó ayer un ambicioso plan para reducir las emisiones de dióxido de carbono con el que trata de convencer al resto del mundo, y especialmente a Estados Unidos, de que se sume a la lucha contra el cambio climático. El objetivo es alcanzar un acuerdo global que suceda a Kioto a partir de 2012. España sale bien parada del plan, pues se le exigen esfuerzos que parecen asumibles, a diferencia de la negociación de 1997 para repartir la carga de Kioto en la UE, donde fue penalizada.
Bruselas cedió en el último momento a la presión de la industria que argumenta que pagar por emitir CO
2 minará su competitividad internacional y se verá obligada a emigrar a países más permisivos. Las empresas de alto consumo energético estarán exentas de pagar por contaminar si en 2010 los países competidores no imponen límites equiparables.
Con este paquete legislativo, Europa pretende recortar en un 20% las emisiones de CO
2 en 2020 respecto a 1990 (o lo que es lo mismo, 14 puntos menos que con la tendencia actual). También pretende lograr en 2020 que el 20% de la energía sea renovable.
El plan le costará a cada ciudadano tres euros a la semana, lejos de los 60 euros a los que ascendería el coste por los destrozos del calentamiento si no se hiciese nada. El CO
2 producido al quemar combustibles fósiles se acumula en la atmósfera, retiene parte del calor que emite la Tierra y calienta el planeta.
Las propuestas legislativas deben recibir aún el visto bueno de la Eurocámara y del Consejo Europeo, donde se prevé que un buen número de países pelee por rebajar la cuota que les ha tocado en el reparto.
La Comisión ha optado por un reparto novedoso. Hasta ahora, cada país tenía un tope de emisiones y lo distribuía como quería entre industrias y ciudadanos. El sistema acabó distorsionado ya que contaminar era gratis en muchos sitios y los pocos países que se lo tomaron en serio vieron amenazada la competitividad de su industria.
Ahora, Bruselas mete a las industrias -cuyas emisiones se pueden medir y por lo tanto limitar- en una bolsa única en Europa. Estas empresas tendrán que acudir a subastas de derechos de emisión, aunque habrá excepciones y plazos por sectores y países más pobres. En resumen, cada cementera pujará con sus competidoras europeas por emitir. Las emisiones industriales suponen casi el 60% del total y Bruselas impone un recorte del 21% para 2020.
El resto procede de los "sectores difusos": coches, tráfico, calefacción, alumbrado..., a las que no se les puede asignar un cupo y más difíciles de recortar. Para éstas, Bruselas quiere una reducción global del 10% en 2020. Pero ese objetivo no es igual para todos. Dependerá del PIB per cápita. Francia tendrá que reducir sus emisiones un 14% y Alemania y el Reino Unido, un 16%. En el lado contrario, Rumania podrá aumentar su nivel un 19%. España, cuya riqueza está en la media de los Veintisiete, deberá limitar sus emisiones un 10%, en la media.
Para cumplir el doble objetivo, Bruselas impone a los países un porcentaje obligatorio de energías renovables: el 20%. Los que parten de un nivel muy bajo, como Reino Unido (1,3%) y Bélgica, (2,2%) tendrán que realizar un gran esfuerzo y pelearán por rebajar el objetivo. Además, un 10% de los carburantes deberán ser biocombustibles aunque no podrán proceder de la deforestación de selvas vírgenes. Se prevé una seria batalla.
España sale beneficiada con el nuevo sistema por tres factores. El primero es que se toma como año de referencia 2005 (porque los datos son fiables), pésimo en España, que ya emitía un 52% más que en 1990. El segundo es que se tiene en cuenta la población y España ha recibido una gran inmigración. Además, la UE ha premiado a los que ya habían realizado un esfuerzo en renovables. España tendrá que pasar del 8% de energía limpia al 20%. Según Industria, esto implica producir con fuentes renovables un 42% de la electricidad.
El resultado es que si el protocolo de Kioto permite a España emitir un 15% más que en 1990, la propuesta de Bruselas eleva esa cifra a un 30% para 2020. El descenso para cumplir Kioto es más abrupto que el necesario para cumplir el actual reparto (ver gráfico). La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, afirmó que los objetivos son "ambiciosos pero alcanzables". La satisfacción era total en su ministerio, que ha peleado por cambiar el criterio de reparto de emisiones que la UE fijó en 1997, más duro para España. Paul Isbell, del Instituto Elcano, resumió: "Es el mejor acuerdo posible para España y es justo. Pero otros países no estarán satisfechos y querrán cambiarlo".
Los ecologistas criticaron el paquete legal, ya que consideran que es insuficiente y que la reducción del 20% es arbitraria. La UE peleó en Bali por conseguir una reducción de entre el 25% y el 40%. Por el contrario, la patronal europea criticó que la industria perderá competitividad.
El presidente de la Comisión, José Manuel Durão Barroso, dio garantías de que la propuesta no perjudicará al empleo. "Queremos que las industrias se queden en Europa". El comisario de Medio Ambiente, Stavros Dimas, admitió su "preocupación porque las empresas se vayan a otros países con menos restricciones y continúen allí contaminando el planeta". Paguen o no, el objetivo de reducción de gases contaminantes no se modificará.
También explicó Barroso que en el caso de que las empresas europeas se vean perjudicadas por la competencia internacional, la UE podría obligar a los importadores por ejemplo de cemento, acero o aluminio, producidos con normativas menos exigentes, a comprar derechos de emisión. Es poco probable que esto se lleve a cabo debido a las resistencias de algunos países europeos que no quieren que las empresas que tienen parte de su producción en países como China se vean afectadas.

Reparto desigual
- La propuesta obliga a que el 20% de la energía sea renovable en 2020.- Francia, Alemania y Reino Unido cargarán con el mayor recorte; España queda en la media de los Veintisiete.- El plan recortará el PIB entre el 0,4% y el 0,6%, pero los efectos del calentamiento serían más caros.- La patronal afirma que peligra el empleo; los ecologistas, que no frenará el cambio climático.

24 enero 2008

Los jueces rechazan paralizar el túnel del AVE por el Eixample

La junta de la Sagrada Familia interpreta que el tribunal "aplaza" oponerse al túnel
BLANCA CIA - Barcelona - 24/01/2008
Font: http://www.elpais.com/articulo/cataluna/jueces/rechazan/paralizar/tunel/AVE/Eixample/elpepiespcat/20080124elpcat_9/Tes


"No se aprecia del estudio informativo definitivamente aprobado que resulten perjuicios irreparables". La frase es uno de los argumentos del tribunal de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional para denegar la suspensión de las obras del túnel del AVE que atravesará Barcelona y pasará junto al templo de la Sagrada Familia.
La dirección del templo entiende que las obras se podrán parar más adelante
El tribunal no ve que el trazado del túnel llegue a producir daños irreparables
La petición la planteó la junta constructora del templo con la pretensión final de que fuera la vía judicial la que impusiera la paralización de las obras y, en consecuencia, un cambio de trazado del tren de alta velocidad. Con esa resolución judicial, parece despejado el futuro del túnel del Eixample, cuyas obras de construcción se adjudicaron el pasado viernes.
Responsables de La Sagrada Familia alegan que el paso del tren puede ocasionar "daños irreparables" en el templo y por eso pidieron la suspensión cautelar del acto administrativo de la aprobación del trazado de 5,6 kilómetros del túnel, en definitiva, del estudio informativo que se hizo público en julio de 2007.
Y en eso se han centrado los jueces. Argumentan, en primer lugar, que la aprobación del estudio informativo "no implica la inmediata ejecución de la obra (...), no se advierten perjuicios irreparables que puedan derivar de la ejecución del acto recurrido -se refieren al estudio informativo-, existiendo, además, una razón implícita de interés general en la aprobación del estudio informativo". Es decir, que aprecian el interés general del túnel del tren. Ése fue uno de los argumentos que sostuvo la abogacía del Estado al oponerse a la paralización de la obra.
Añaden que, en todo caso, no hay ninguna situación de peligro en estos momentos "habida cuenta del más que apreciable lapso temporal que se presume hasta el inicio de los trabajos". El inicio de los trabajos está previsto para esta primavera, aunque el primer año es de preparación y montaje de la tuneladora.
Y siguiendo con ese mismo hilo, los jueces dicen que suspender el estudio informativo supondría "eliminar una obra que se estima viable y posible en su ejecución, respaldada por informes técnicos y por la declaración de impacto ambiental". Introducen, no obstante, una cautela peculiar: que el proyecto de construcción del túnel considere inviable el trazado, algo que, por otra parte, no suele ocurrir.
"En suma", relata el juez, " no se aprecia... que del estudio informativo resulten perjuicios irreparables".
El tribunal se cura en salud y señala que la cuestión, es decir, la paralización de las obras, se puede volver a plantear en un futuro: "El tribunal, en razón de las circunstancias concurrentes, considera razonable que se le informe sobre la compatibilidad entre el estudio informativo y la concreción del proyecto de construcción", concreta el auto. Y advierte de que si se produjera una incompatibilidad o "dificultad extrema", podría ser reconsiderada la medida cautelar de la suspensión. Dispone que la Administración -el Ministerio de Fomento- informe al tribunal si existe alguna modificación o problemas en la ejecución de la obra "con aportación del informe técnico correspondiente".
Es decir, que un tribunal de la Audiencia Nacional se podría convertir en algo parecido a un auditor de una obra pública. Y a ese punto es al que agarra el templo de la Sagrada Familia para interpretar que en un futuro los jueces pudieran paralizar las obras. "La Audiencia Nacional aplaza la orden de suspensión de las obras del AVE en tanto que no hay un proyecto definido", puntualiza un comunicado hecho público ayer por la junta constructora.
Para los responsables de la Sagrada Familia, el del túnel "puede considerarse inviable" cuando avancen las obras. Esta actitud contrasta con anteriores declaraciones del presidente de la junta, Joan Rigol, en las que dijo que daría por cerrado el asunto si los jueces denegaban la paralización de las obras.
Con el fallo en la mano, el Adif podrá plantear ahora la comprobación de la Sagrada Familia dentro de la revisión general de todos los inmuebles junto a los que pasará el tren de alta velocidad.

Hereu aprecia el "sentido común"
Como no podía ser de otra manera, el auto de la Audiencia Nacional suscitó reacciones contraopuestas. Un sonriente alcalde, Jordi Hereu, pareció ayer respirar más tranquilo al ver que se despejaba el camino del túnel: primero con la adjudicación de las obras y ayer, con la denegación de suspender unas obras todavía no iniciadas. "Se ha impuesto el sentido común", señaló para añadir que la suspensión cautelar del túnel "habría sido un precedente muy preocupante. Vamos mal si empezamos a parar obra pública a base de sentencias". De lo que sí se alegró fue de la petición de los jueces de estar puntualmente informados de los cambios o circunstancias de la ejecución del proyecto: "significará más transparencia porque habrá otro ámbito al que se tendrá que dar información".
Nada que ver la reacción de los tres grupos de la oposición municipal (CiU, PP y ERC). Xavier Trias (CiU) dejó claro que respetaba la decisión del tribunal pero no consideró cerrado el asunto hasta el resultado de las elecciones generales. Así, insistió en el mensaje lanzado por el democristiano Josep Anton Duran Lleida de que si CiU es decisiva para un hipotético gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero una condición será cambiar el trazado.
Alberto Fernández Díaz (PP) también considera que la batalla del túnel se debe seguir planteando por la vía política. Para Jordi Portabella (ERC), el auto del juez es incompleto porque, en su opinión, sólo recoge los argumentos de los favorables al túnel.
Quienes no desisten en intentar paralizar el túnel sea como sea son los portavoces de la plataforma del AVE por el litoral, cuya demanda -en el mismo sentido que la de la Sagrada Familia- tiene que resolverse todavía.
Y en relación con la construcción del túnel, el Colegio de Ingenieros de Caminos se mostró ayer crítico por el hecho de que las obras se hayan adjudicado por el 27% menos de lo licitado. Tanta diferencia, argumentan, pone de manifiesto que el criterio prioritario es el económico.

¿Por qué no cambiamos las ciudades?

JOAN SUBIRATS 24/01/2008

Font: http://www.elpais.com/articulo/cataluna/hablamos/ciudades/elpepiespcat/20080124elpcat_3/Tes

En esta extraña campaña electoral, tengo la sensación de que la gente sigue sin demasiadas ilusiones el acontecer diario de las estrategias de cada partido, en un espectáculo del que conocemos rutinas y liturgias, y del que sólo desconocemos el final, o quién se casa con quién. En el país vecino, Francia, están también en campaña electoral, pero en este caso se trata de las municipales. La primera vuelta se realizará el mismo día de las elecciones generales españolas, el 9 de marzo, y una semana después, la segunda vuelta en caso de que sea necesario. Los más de 30.000 municipios franceses han sido y son centrales en la vida política de ese país. No hay demasiados precedentes de destacados políticos franceses que no hayan batido el cobre en la política local antes de ir escalando posiciones en otras esferas de gobierno, manteniendo casi siempre sus responsabilidades locales. La crisis de las banlieu, y su reiterada aparición en la agenda política, ha obligado a que la campaña se centre en la necesidad de replantear el papel de los gobiernos locales, aumentando su protagonismo, y su capacidad de intervención. Sarkozy ha propuesto la creación de un ministerio específico para las ciudades, subrayando así el relieve de los temas urbanos en la agenda política y social francesa.En esta extraña campaña electoral, tengo la sensación de que la gente sigue sin demasiadas ilusiones el acontecer diario de las estrategias de cada partido, en un espectáculo del que conocemos rutinas y liturgias, y del que sólo desconocemos el final, o quién se casa con quién. En el país vecino, Francia, están también en campaña electoral, pero en este caso se trata de las municipales. La primera vuelta se realizará el mismo día de las elecciones generales españolas, el 9 de marzo, y una semana después, la segunda vuelta en caso de que sea necesario. Los más de 30.000 municipios franceses han sido y son centrales en la vida política de ese país. No hay demasiados precedentes de destacados políticos franceses que no hayan batido el cobre en la política local antes de ir escalando posiciones en otras esferas de gobierno, manteniendo casi siempre sus responsabilidades locales. La crisis de las banlieu, y su reiterada aparición en la agenda política, ha obligado a que la campaña se centre en la necesidad de replantear el papel de los gobiernos locales, aumentando su protagonismo, y su capacidad de intervención. Sarkozy ha propuesto la creación de un ministerio específico para las ciudades, subrayando así el relieve de los temas urbanos en la agenda política y social francesa.

No me parece que en las elecciones españolas ése sea un tema significativo. Estamos demasiado ocupados en cuestiones mucho más importantes: la unidad de España, la presencia de Pizarro y el bofetón a Gallardon, o la letra del himno patrio. Pero, si examinamos lo que ha ido sucediendo en España, la cosa merecería mucha más atención. La sociedad española ha sufrido procesos de urbanización sin precedentes. Si en 1900 un 50% de la población vivía en pueblos de menos de 5.000 habitantes, en el año 2001 ese porcentaje era del 15%. Tenemos 20 aglomeraciones urbanas extensas, con más de 250.000 habitantes, y cinco de ellas superan el millón. En este sentido España sigue la evolución mundial, ya que si en 1950 el 29% de la población mundial era urbana, en 1990 alcanzó un significativo 50%, y se calcula que en 2025 puede llegar al 75%. Las ciudades reflejan y concentran los valores, los problemas y las alternativas del conjunto de la sociedad hoy en el mundo y también en España.
Los grandes procesos de cambio de la sociedad española, en campos como el trabajo, la familia o la estructura social, han afectado de manera muy intensa a las ciudades. Es en las ciudades donde se concentran problemas y oportunidades, donde conviven procesos crecientes de individualización con dinámicas de segmentación social que tienden a separar funciones y personas. Podríamos decir que son las ciudades las que necesitan más -y más innovadora- capacidad de intervención y son esas ciudades donde, tras casi 30 años de gobiernos locales democráticos, se constata la falta de recursos y de capacidades intregrales de respuesta. Las políticas urbanas tradicionales, muy basadas en la planificación y el control de los usos del suelo (políticas urbanísticas), se ven impotentes para responder a los nuevos retos. Y tampoco son suficientes las estrictas políticas locales, hechas muchas veces desde una lógica muy restrictiva y poco capaz de plantearse problemas que las desbordan y que escapan de sus límites competenciales y territoriales. La gente transita a diario por un territorio en el que se entremezclan problemas y temas que afectan a sus vidas de manera directa. Ese espacio, ese territorio, es casi inevitablemente urbano. ¿Cómo repensar, pues, problemas y políticas de respuesta desde una perspectiva que reconozca la significación del espacio, del territorio en el que ello sucede, y que al mismo tiempo quiera mantener una perspectiva integral que permita abordajes más eficaces aprovechando el factor de proximidad? Se ha argumentado que la variable territorial es muy significativa a la hora de establecer la distribución de las oportunidades vitales y de consumo, y que es justamente en esas coordenadas territoriales donde se produce la tensión entre las funciones de las áreas urbanas como medio residencial para la población y los usos de esas mismas áreas como palancas de acumulación para otros sectores, todo ello en pleno debate sobre la sostenibilidad de las ciudades atendiendo a su evidente huella ecológica. Desde esta perspectiva se enfatiza el papel central del territorio tanto en nuevos procesos de acumulación en la economía globalizada, como en su calidad de soporte concreto y específico del bienestar de la ciudadanía.
Cada territorio concreto se ve afectado por un conjunto de políticas e intervenciones que descienden desde distintas esferas de gobierno marcando su desarrollo y las interrelaciones concretas de sus habitantes y su calidad de vida. Por otro lado, muchas ciudades se han ido convirtiendo en growth machines en las que se juegan los equilibrios de poder entre élites económicas locales, nacionales y globales que compiten por determinar usos y apropiarse de las plusvalías de sus crecimientos y restructuraciones. Se ha ido pasando de la idea de políticas urbanas centradas en asegurar el máximo bienestar ciudadano, a políticas urbanas que pugnan por generar mayor competitividad del territorio en cuestión, para así generar después oportunidades de bienestar a sus habitantes. Se ha ido, pues, subordinando el papel de las ciudades como contenedoras de infraestructuras sociales, para primar sus aspectos de competitividad global. Y ello es ya así en todo el mundo.
Estamos, pues, en momentos de profunda reconsideración de las políticas urbanas, al no sernos útiles las aproximaciones tradicionales -de carácter específicamente urbanístico-, precisamente cuando parece ser más decisivo el rol territorial-urbano en los desarrollos contemporáneos, y cuando las políticas locales en sus coordenadas actuales son también insatisfactorias. Se necesita repensar las ciudades, y hacerlo de manera que las distintas esferas de gobierno puedan participar e influir. Tenemos ahora la oportunidad de hacerlo. Necesitamos un foco de atención específico en las ciudades que pueda impulsar esa tarea desde el gobierno del Estado, desde una lógica no jerárquica, sino buscando la articulación del resto de instituciones y actores, y con el objetivo inequívoco de reforzar las capacidades de gobierno de las ciudades y los espacios urbanos.

15 enero 2008

Noticias inmobiliarias de la semana del 4 a 08/01/08 según el portal idealista.

el gobierno incluye el alquiler con opción a compra en el plan estatal de vivienda
el país, miércoles 9 ene 08
metro, jueves 10 ene 08

el gobierno ha incluido en el plan estatal de la vivienda 2005-2008 la modalidad de alquiler protegido con opción a compra que ya existe en algunas comunidades autónomas. arrendar un piso durante cinco años o más da derecho a tener la opción de comprarlo. dentro de los cambios al plan se incluye la ampliación del "precio de las viviendas que pueden ser subvencionadas" con precios concertados, a las que podrán acceder las personas cuyos ingresos no superen 6,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (iprem). con esta reforma el gobierno subvencionará la compra de viviendas de hasta 316.540 euros, cuando hasta ahora no podían superar los 273.375 euros. estas viviendas no pueden superar los 90 metros cuadrados


la banca teme que el repunte del paro eleve la morosidad de los créditos
el mundo, martes 8 ene 08


la fase de desaceleración en la que ha entrado la economía española, que ha ganado intensidad al detectarse un fuerte repunte de la inflación y del desempleo (los precios se han disparado al 4,3% y la tasa de paro ha experimentado el mayor aumento desde 2002) impacienta al sector financiero, que teme un repunte de la morosidad mayor del esperado si la tendencia de esas variables se prolonga en los próximos meses. el elevado endeudamiento de las familias españolas no juega a favor de las entidades y según el banco de españa los impagados de créditos a particulares para compra de bienes de consumo duradero repuntaron ligeramente hasta el 2,5% del saldo en junio del año pasado desde el 2,2% del trimestre anterior


el mercado inmobiliario francés se ralentiza bruscamente
le monde, martes 8 ene 08

después de una subida del 140% en diez años el mercado inmobiliario francés ha comenzado su ralentización en 2007 como habían advertido la mayoría de analistas. según las estadísticas de la federación nacional inmobiliaria (fnaim en sus siglas en francés) "el frenazo es brusco tras la subida del precio de la vivienda usada de 2007, que ha sido del 3,8% frente al 7,1% del año anterior y del 10,4% de 2005". el incremento ha sido más sostenido para las casas independientes (4,3%) que para los apartamentos (3,3%). esta tendencia ha afectado también a los alquileres, que sólo han crecido un 0,9% de media. la crisis financiera ha provocado que el ejercicio haya terminado en un periodo de dudas. de hecho, el cuarto trimestre ha registrado una subida interanual de sólo el 2,5%


la nueva ley hipotecaria impide a los hipotecados el cambio libre de entidad financiera
expansión, lunes 7 ene 08


los hipotecados tendrán mucho más difícil trasladar su préstamo a otro banco en su búsqueda de condiciones crediticias más ventajosas. la nueva ley hipotecaria que entró en vigor el pasado 9 de diciembre nació con el objetivo de abaratar costes pero muchos expertos denuncian que la letra pequeña de la reforma muestra que el cumplimiento de estos fines dista mucho de la realidad. un sutil cambio en la redacción del texto establece que en caso de que haya una contraoferta por parte de una segunda entidad el primer banco tan sólo deberá declarar ante notario que iguala o mejora dicha oferta para impedir al cliente el libre traslado de la hipoteca. "de este modo, un banco con malos servicios o simplemente peores que la competencia verá blindados sus préstamos, pues siempre podrá retener a sus clientes en contra de su voluntad, a menos que el deudor solicite una nueva hipoteca para cancelar la antigua", sostienen fuentes jurídicas


las compañías inmobiliarias cotizadas pierden 9.000 millones en dos semanas
cinco días, martes 8 ene 08


los inversores han dado la espalda a las inmobiliarias. el descenso de la venta de inmuebles en españa, las crecientes dificultades de financiación y el elevado endeudamiento del sector asustan. en dos semanas las 13 cotizadas han visto esfumarse 9.140 millones de capitalización, más de un tercio de su valor. en las cuatro primeras sesiones de 2008 las inmobiliarias han perdido 1.800 millones de euros. "muchas acciones están sufriendo un estrangulamiento. hay accionistas obligados a vender, quizá, para asumir compromisos financieros y no hay compradores, como le ha ocurrido a colonial", explica javier barrio de bpi


citigroup publica el mapa de la crisis
elconfidencial.com, viernes 11 ene 08

la crisis inmobiliaria y crediticia ya está golpeando a españa. donde se va a sentir con mayor crudeza según citigroup es en la costa mediterránea (andalucía, murcia y, en menor medida, la comunidad valenciana). le siguen castilla-la mancha y la rioja. en el otro extremo, las regiones con menor riesgo son madrid, país vasco y navarra. por eso las entidades financieras con mayor riesgo son las que tienen mayor exposición a estas zonas, en especial las cajas de ahorros regionales, algo que preocupa mucho al banco de españa que va a lanzar inspecciones masivas referidas al riesgo inmobiliario y al gobierno, que pretende evitar la quiebra de alguna gran inmobiliaria

cierran la mitad de las agencias inmobiliarias en franquicia
la gaceta de los negocios, jueves 10 ene 08

los carteles de "se vende" proliferan en edificios y también en locales que en su día fueron agencias inmobiliarias, la mayoría de las cuales funcionaba bajo la fórmula de franquicia. los datos de la guía de la franquicia elaborada por la consultora barbadillo & asociados apuntan a que las agencias inmobiliarias presentes en españa (contabiliza 41 marcas en 2007) han perdido 2.325 locales a lo largo del pasado ejercicio lo que supone que han reducido más de la mitad su número de agencias

la economía española pierde fuelle
financial times deutschland, martes 8 ene 08

la actividad económica española se ha visto impulsada hasta ahora por el boom del mercado inmobiliario. pero esta situación podría haber llegado a su fin: unas condiciones crediticias más estrictas como consecuencia de la crisis financiera internacional, la alta inflación y, no menos importante, la fortaleza del euro acosan la economía española. en los primeros nueve meses del año 2007 el número de autorizaciones para la construcción se ha hundido un 42% en comparación con el año anterior. según kim forkes de economy.com en moody's, los intereses más altos han frenado el sector de la construcción español. la gente quiere construir menos casas y los trabajadores están perdiendo sus puestos de trabajo en el sector de la construcción e inmobiliario. la combinación de propietarios de viviendas atormentados por las deudas y el retroceso en el empleo gravan el consumo privado. la comisión europea estima el superávit presupuestario español en 2007 será del 2% del pib. con ello madrid tendría suficiente espacio para amortiguar en cierta medida el descenso del crecimiento por el incremento de los gastos, especialmente en el ramo de la construcción

03 enero 2008

Sant Cugat. Sector Ronda Sur - Torre Negra.

El 21 de desembre de 2007, el pleno del Ajuntamiento de Sant Cugat del Vallès aprobó provisionalmente el pla especial d’usos de protecció i millora del Parc rural de la Torre Negra. La historia reciente del actualmente llamado Parc rural de la Torre Negra, es uno de los vigentes conflictos territoriales de Cataluña.

En efecto, una sentencia del TSJ de Catalunya del ya lejano 19 de septiembre de 2001 (Recurso contencioso-administrativo núm. 3277/1998, ponente Manuel Táboas Bentanachs), anula un acuerdo del Ayuntamiento de Sant Cugat de fecha 22-12-1998, por el que "se informa" (sic) desfavorablemente la tramitación del programa de actuación urbanística al sector de la Ronda Sur del citado municipio. Dicha sentencia, con remisión a constante jurisprudencia, destaca que:

4.- El derecho a la tramitación de los Planes quiebra en los casos en que el Plan proyectado viole de forma clara, palmaria y manifiesta el ordenamiento urbanístico vigente -así los planes de superior jerarquía o las normas legales de aplicación directa-, pues en tal caso razones de economía y de lógica imponen el inicial rechazo del proyecto al ser inviable o inútil la prosecución del trámite. Por contra, cuando los impedimentos para denegar la aprobación inicial son discutibles y por tanto no amparables en principio alguno de economía procesal, debe prevalecer el derecho al trámite y proseguirse la tramitación del expediente en el cual se pueden introducir las modificaciones, condicionamientos o plazos que la Ley permite.

5.- Es más, en el acto de aprobación inicial es suficiente ponderar esa potencialidad o susceptibilidad de subsanación de deficiencias o de introducción de modificaciones, condicionamientos o plazos, desde luego sin devaluar la trascendencia de la tramitación ulterior para terceros y para el ejercicio de las competencias de planificación urbanísticas en sede de aprobación provisional y definitiva, ya que no cabe olvidar que es en la fase de otorgar o denegar esas aprobaciones donde procede pronunciarse sobre el fondo de la/s cuestión/ones suscitada/s, debiendo ser examinado y decidido todo lo que corresponda, sin perjuicio y a salvo el control jurisdiccional que pudiera instarse sobre esas materias de fondo.Pues bien, en atención al planeamiento preexistente, especialmente el general en liza, suficientemente caracterizado el presente caso por la inexistencia de una imposibilidad legal, patente, notoria, insoslayable y manifiesta de que el instrumento de ordenación de autos no pudiera obtener la aprobación definitiva, en su caso, con la introducción de modificaciones, modalidades, condicionamientos, plazos o prescripciones de su razón debe estimarse que no nos hallamos en el supuesto excepcional que autoriza un rechazo "ad limine" ni siquiera por la vía de la suspensión de la aprobación inicial a modo de involucrar ese supuesto como de predeterminación de lo qué finalmente deba resolverse, por lo que, en consecuencia, en el caso aquí debatido la parte actora no puede, por ello, verse privada del tamiz de las sucesivas fases del procedimiento administrativo hasta que se produzca el acto final definitivo que poniendo término a la vía administrativa, en su caso, permitirá a los interesados acudir válidamente al proceso jurisdiccional para impugnarlo si disintiesen del sentido y términos en que venga pronunciado, en acentuado número de ocasiones bien diferentes de los de la aprobación inicial.Por todo ello, sin haberse probado terminantemente la existencia de un vicio con virtualidad bastante para evidenciar la necesidad de la no continuación del procedimiento, procede estimar el presente recurso contencioso administrativo en la forma y términos que se fijarán en la parte dispositiva según lo pretendido por la parte actora, sin que sea dable prejuzgar en modo alguno el fondo de lo que sólo podrá decidirse ultimando la tramitación administrativa con todas las garantías y a resultas en su caso y en ese momento de las impugnaciones jurisdiccionales contencioso administrativas a que haya lugar.

Dicha sentencia del TSJ de Cataluña fue recurrida en casación por el Ayuntamiento de Sant Cugat y, en el seno de dicho proceso, se dicta el auto del Tribunal Supremo de fecha 20 de septiembre de 2006 -ponente Rafael Fernández Valverde, Cendoj 28079130052006100763-, en el que se acuerda la procedencia de la ejecución provisional de la sentencia dictada por el TSJ de Cataluña. Por otro lado, el recurso de casación fue desestimado mediante sentencia del Tribunal Supremo de fecha 11 de abril de 2006 (ponente Jesús Ernesto Peces Morate, CENDOJ
28079130052006100499), en cuyo fj primero dice: "... la entidad demandante estaba legitimada para presentar a tramitación un Programa de Actuación Urbanística en terrenos clasificados como suelo urbanizable no programado, y, abundando en argumentos favorables a esa tesis, señala en el fundamento jurídico sexto que los particulares tienen derecho a la tramitación de los Planes que se deban a su iniciativa, de manera que la Administración no puede cercenar a limine esta facultad, sin que la discrecionalidad sea justificación para omitir las razones de esa denegación, inexistentes en el acuerdo plenario municipal. - En definitiva, la Sala sentenciadora declara abiertamente en su sentencia que, en aplicación del régimen transitorio establecido en la Ley 6/1998, para el desarrollo del suelo urbanizable no programado la entidad demandante ostentaba derecho a presentar para su tramitación un Programa de Actuación Urbanística, que no le debió se inadmitido, sin justificación alguna, por el acuerdo plenario del Ayuntamiento, rechazando así los motivos de oposición de éste, de modo que no existe la pretendida incongruencia, por lo que el único motivo de casación admitido a trámite no puede prosperar..."

Posteriormente, en sentencia de fecha 18 de junio de 2004 (recurso contencioso-administrativo 131/2002, ponente Manuel Táboas Bentanachs), con remisión a la anteriormente citada sentencia, se resuelve el recurso contra el acuerdo de la Comisión de Gobierno de fecha 11/06/2001, en relación a la denegación de la solicitud de aprobación inicial del Proyecto de Actuación Urbanística y Plan Parcial de Ordenación del sector Ronda Sud - Torrenegra, se recoge idéntico criterio con remisión "... en línea -como afirma la propia sentencia en su fj 4º-, con reiterada doctrina jurisprudencial -ya desde las Sentencias del Tribunal Supremo Sala 3ª Sección 4ª de 10 de febrero de 1986 ( RJ 1986, 1423) , de 28 de abril de 1986 ( RJ 1986, 2973) , de 8 de julio de 1987 ( RJ 1987, 6864) y las que en ellas se citan-, y por ser criterio seguido por esta Sección y Sala tanto para los casos de denegación para la aprobación inicial como, por identidad de razón, para los casos de suspensión de la aprobación inicial con efectos equiparables o equivalentes -así por todas, la Sentencia n1 479, de 23 de mayo de 2002 ( JUR 2002, 250784) , núm. 523, de 6 de junio de 2002 ( JUR 2002, 259351) , núm. 749, de 19 de septiembre de 2002 ( JUR 2003, 98691) , núm. 468, de 5 de junio de 2003 ( JUR 2004, 34893) , núm. 645, de 4 de septiembre de 2003, núm. 667, de 12 de septiembre de 2003, núm. 715, de 1 de octubre de 2003 y núm. 322, de 4 de mayo de 2004 ( JUR 2004, 194350) -".

Finalmente, en sentencia de 24 de noviembre de 2005 (recurso 121 de 2002, ponente Francisco López Vázquez, CENDOJ 08019330032005100563), contra el mismo acuerdo de la Comisión de Gobierno de 11/06/2001, interpuesto por INMOBILIARIA GASA, S.A., en cuyo fj segundo se indica que "Como antecedentes de esta resolución deben citarse nuestras -sus- sentencias número 478, de 18 de junio de 2004 (recursos acumulados 127 y 131 de 2002), 183, de 2 de marzo de 2005 (recurso 122 de 2002), y 748, de 10 de octubre de 2005 (recurso 125 de 2002), que resolvieron impugnaciones del mismo acuerdo objeto de este contencioso, con remisión, a su vez, a la número 749, de 19 de septiembre de 2002 ( recurso 3277 de 1998 [ JUR 2003, 98691] ), referida sustancialmente a los mismos terrenos de autos".

En dicho recurso la actora planteaba, junto a la pretensión anulatoria del acuerdo de la Comisión de Gobierno, una indemnización de daños y perjuicios que el Tribunal desestima dado que no considera que "... la genérica invocación de daños y perjuicios a título de responsabilidad patrimonial de la Administración haya quedado probada ni indiciariamente...".

Por todo ello se resuelve la estimación parcial del recurso Contencioso-Administrativo interpuesto en nombre y representación de «Inmobiliaria Gasa, SA» contra el acuerdo de 11 de junio de 2001 de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés, acuerdo que anulamos y dejamos sin efecto jurídico, condenando a la Administración demandada a admitir la solicitud efectuada y a darle el trámite previsto por la legislación urbanística. Desestimando la pretensión indemnizatoria.

Finalmente, por auto del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2007, se acuerda la admisión a trámite del recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de San Cugat del Vallés (Barcelona) contra la Sentencia de 24 de noviembre de 2005, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Cataluña (Sección Tercera), dictada en el recurso nº 121/02.

Paralelamente, por un lado se ha instado la ejecución de la sentencia en relación a la cual la prensa diaria nos tiene puntualmente informados (El Periódico, El Mundo, El País, etc...), y por otro los promotores privados han cuestionado determinadas decisiones municipales vinculadas a expedientes de gestión patrimonial que afectan a terrenos de titularidad municipal existentes en dicho ámbito territorial. En particular, destaco la sentencia del TSJ de Cataluña de fecha 10 de abril de 2007 (recurso 341/2004, ponente Ma. Pilar Martín Coscolla, CENDOJ 08019330032007100550), en la que, al margen de la controversia de las partes, se realiza una detallada y muy interesante síntesis del régimen jurídico aplicable a los bienes que integran el patrimonio municipal del suelo, es una lástima que cada vez sea menos frecuente encontrar sentencias de la calidad técnica de la ahora citada dada la inflación normativa existente.

Finalmente, como afirma el propio Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès "L’espai de la Torre Negra ha romàs en la situació actual d’espai agrícola malgrat la qualificació de sòl urbanitzable que tenia fins a l’any 2003 i la pressió exercida per un important grup immobiliari que va adquirir el 40% dels terrenys. L’any 2003, l’Ajuntament, i posteriorment la Generalitat de manera definitiva, van modificar la qualificació del sòl".