02 febrero 2008

Plan de Contratación Pública Verde de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social

En el BOE de 31 de enero de 2008 se publica la Orden PRE/116/2008, de 21 de enero, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Verde de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social.

El Plan, pretende responder a los objetivos comunitarios expresados en diferentes documentos -Estrategia para el Desarrollo Sostenible de la Unión Europea adoptada en el Consejo de Gotenburgo de 2001, Comunicación sobre Política Integrada de Productos de la Comisión de Junio de 2003, Revisión de la Estrategia de la Unión Europea para un Desarrollo Sostenible del año 2006-, y se enmarca en lo dispuesto en la Directiva 18/2004/CE, transpuesta a nuestro ordenamiento por la recientemente publicada Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que fija las condiciones en las que los poderes adjudicadores podrán introducir requerimientos de carácter ambiental y social en las licitaciones públicas.

El Plan pretende ser complemento y servir como apoyo a la implantación de otras políticas estatales de defensa del medio ambiente como el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética en los edificios de la Administración General del Estado, el Proyecto de Plan Nacional Integrado de Residuos y la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia. Horizonte 2007-2012-2020.

Con los expuestos antecedentes el anexo de la norma contempla una serie de objetivos para los grupos de productos y, de éste modo, en el ámbito de la construcción y mantenimiento se destaca el pretendido ahorro energético del 9% antes de 31/12/2010 y del 20% antes de 31/12/2016, cifra ésta última que se considera de moderado alcance e impuesta por la UE; el objetivo de reducción de un 20% en el consumo de agua antes del 31/12/2010, reducción que -visto el panorama pluviométrico-, podrá cumplirse sin excesivos esfuerzos; capítulo aparte merece la disminución de la contaminación atmosférica generada por vehículos y la restricción que supone la limitación de la licitación de motores híbridos para el supuesto que exista concurrencia en el sector, circunstancia ésta, que, dados los prioritarios objetivos perseguidos, pudiera ser justificadamente excusada coadyudando de ésta forma una más rápida transformación de la indústria del automóvil.

El recurso a los biocombustibles y los efectos colaterales que éstos están produciendo y producirán en el precio de los cereales -dudosos, reales, también reales, más reales todavía , efectivamente reales o falsos (¿¿??)-, es una solución que, de ser adoptada, sólo puede ser medida de carácter temporal hasta que la urgente y necesaria transformación de la indústria del automóvil no sea efectiva.

Finalmente, en lo que hace referencia al consumo de papel, aparece como objetivo destacable la implantación de herramientas de administración electrónica que reduzcan el uso del papel y como meta a conseguir, la reducción en un 20% de su consumo en el período 2010-2015. En relación a dicho objetivo destacar que la reducción del consumo en cantidades significativamente superiores a la anteriormente especificada es a todas luces posible y necesaria siendo un factor clave de éxito en este punto la efectiva implantación del DNI electrónico.

Por tanto, cabe destacar el decidido empeño en calendar objetivos y acciones en pro de un desarrollo sostenible pero también -según GREENPEACE-, lo discretas que son algunas de las metas planteadas.

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