29 octubre 2007

Terapia de choque para la costa

El Gobierno ofrece a las autonomías un pacto contra el urbanismo salvaje - El plan quiere recuperar 776 kilómetros de Mediterráneo ocupados por casas
EL PAIS. J. M. ROMERO / R. MÉNDEZ - Madrid - 29/10/2007

En primera línea de la playa de Calpe se construye actualmente un hotel de 24 plantas. El edificio invade la zona de protección que fijó la Ley de Costas en 1988. Pero las máquinas siguen adelante. En Adra (Almería) hay 500 familias que ven cómo el mar amenaza con invadir sus casas, humildes viviendas sobre la misma playa hace décadas.
Liberar de casas el litoral mediterráneo costaría 5.000 millones El cumplimiento de la ley de 1988 que declaró pública la costa es deficiente
Hay casos a miles: dos torres proyectadas en Benidorm (Alicante) en zona pública; casas sobre el mar en Pupí (Almería) sin que esté claro sin es suelo público; un complejo paralizado en La Manga del Mar Menor que pretendía ganar terreno al mar...
Son sólo unos ejemplos de la disparatada situación que vive la costa española, motor económico del país como imán del turismo, y en la que la aplicación de la Ley de Costas es muy deficiente. La norma establece que toda la playa (o el lugar que alcanza los mayores oleajes) es pública. Después viene una servidumbre de paso de seis metros para que cualquiera pueda recorrer el litoral, y después 100 metros de protección, en los que se pueden instalar campos deportivos o cultivos pero no casas.
Todo esto, si el terreno no estaba declarado como urbanizable cuando la ley entró en vigor. Para las casas que ya estaban construidas legalmente en la playa en 1988, la ley les dio una concesión que normalmente es de 30 años y que comenzará a caducar en 2018.
Casi 20 años después de la entrada en vigor de la norma, el Ministerio de Medio Ambiente ha preparado una terapia de choque para reanimar al enfermo. El próximo miércoles ofrecerá a las comunidades autónomas un gran acuerdo, un pacto de Estado, no sólo para frenar el urbanismo salvaje sino para pactar la demolición de las viviendas, chalés, hoteles y piscinas que ocupan la zona pública de costa y así recuperar lo que ya está destruido.
"Sin acuerdo de las comunidades y ayuntamientos no será posible aplicar este plan, pero tenemos que convencer a las Administraciones de que retirando algunas casas fastidiamos a unos pocos pero a cambio gana mucha más gente y desde luego aumentará el turismo de calidad", explica el secretario general para la Biodiversidad y el Territorio del Ministerio de Medio Ambiente, Antonio Serrano.
El Gobierno les va a proponer "un cambio radical en la política de costas. Hasta ahora hacíamos paseos marítimos, que en realidad era poner dinero público para los gastos de urbanización de un promotor. Ahora queremos pasar a recuperar para el uso público los 8.000 kilómetros de costa". El pacto propuesto a las autonomías bajo el nombre de Estrategia para la Sostenibilidad de la Costa abarca por el momento al Mediterráneo, Baleares, Canarias y Cádiz y Huelva. El Cantábrico, aún no tan urbanizado, queda fuera de esta primera fase.
Para los próximos años (la estrategia no tiene un plazo de ejecución) el ministerio prevé "rescatar concesiones" a lo largo de 776.972 metros de costa mediterránea y de Canarias. Se trata de rescatar los permisos de ocupación del dominio público de las viviendas construidas antes de la Ley de Costas para demolerlas y darle uso público. "Pretendemos negociar, no ir directamente a la expropiación, porque los propietarios suelen pleitear y eso alarga enormemente los trámites", según Serrano. Pese a ello, el Gobierno insiste en que su propuesta no es un plan de expropiaciones masivas.
Por eso es esencial la colaboración de ayuntamientos y comunidades. Porque el ministerio sólo tiene competencias en los primeros metros de costa y pretende que los ayuntamientos cedan suelo a esos propietarios en zonas alejadas de la costa.
Aplicar el plan costaría 5.000 millones de euros, pero Medio Ambiente insiste en que es una estrategia a largo plazo y que sólo será posible con colaboración institucional y empresarial.
La barrera de hormigón ha llegado a tal punto en el Mediterráneo que el 36% es suelo urbano y el 11% es urbanizable. Eso quiere decir que más de 1.000 kilómetros de la primera línea del Mediterráneo y Canarias ya están construidos o en vías de serlo. Por el contrario, un 32% de la primera línea está protegida (eso no impide que se construya 100 metros más atrás) y el 21% es no urbanizable.
Además, Medio Ambiente quiere construir 782 kilómetros de caminos naturales bordeando el litoral "para que cualquiera pueda circular la costa, no en coche, sino a pie o en bicicleta. Intentaremos huir de las obras duras", explica Serrano, catedrático de Ordenación del Territorio. En las pocas zonas que permanecen vírgenes, Medio Ambiente no construirá estos caminos, sino rutas alejadas del mar con viales para llegar al mar.
Otra de las cosas que tiene en cuenta el plan es la subida prevista del nivel del mar por efecto del calentamiento. Un estudio encargado por el Ministerio a la Universidad de Cantabria concluyó que las playas pueden retroceder en 2050 una media de 15 metros. Zonas como el Delta del Ebro son especialmente vulnerables. Allí, la urbanización Riumar queda tras la línea que teóricamente alcanzará el mar de unas décadas. Pero hay más. Serrano va a su despacho y vuelve con una foto de una urbanización en Valencia construida bajo el nivel del mar. "Tenemos que recuperar estas zonas e ir hacia atrás. Dejarlas libres para que la relación con el mar sea natural", sentencia Serrano.
El plan incluye obras de regeneración de dunas (el 70% está en regresión) y eliminar las obras que impiden la regeneración natural de las playas. También aborda las mejores formas para evitar la pérdida de arena de playas que producen los puertos deportivos

25 octubre 2007

Barcelona necessita un altre abocador

Entre el 2009 i el 2010 s'esgotarà la capacitat dels abocadors dels Hostalets i Cerdanyola per portar el rebuig dels ecoparcs
L'àrea metropolitana de Barcelona haurà d'afrontar, a partir del 2008, la localització de més terrenys on dipositar el rebuig que generaran els quatre ecoparcs –ara n'hi ha tres en funcionament– de què disposarà a partir del termini 2009-2010. Un horitzó que ve determinat per l'esgotament de la capacitat de deposició dels abocadors actuals, el dels Hostalets de Pierola, que té fixat el termini cap al 2009, segons tècnics d'aquest Ajuntament, i l'Helena, situat a Cerdanyola, que és a punt de rebre les primeres bales de l'ecoparc de Montcada i Reixac i que haurà d'estar tapat el 2010 per fer-hi el sincrotró. «No es tracta d'obrir un altre forat sinó de reomplir els que ja hi ha ara», va dir Carles Conill, gerent de l'Entitat del Medi Ambient.

El rebuig que generen els ecoparcs de l'àrea metropolitana de Barcelona té un destí finalista, és a dir, cal portar-los a un abocador, anomenat també dipòsit controlat, o a la incineradora del Besòs. Fins ara el destí principal d'aquest rebuig era el dipòsit del Garraf, tancat a principi del 2007, i la pedrera de la Vallensana, a Badalona, on la prova pilot per reomplir el forat amb bales del rebuig d'ecoparc va acabar el 28 de setembre passat.
BADALONA La finalització de la prova pilot a la Vallensana està pendent ara de rebre els resultats del comportament de les bales de residus dipositats a la pedrera, el seguiment del qual porta a terme l'Agència de Residus de Catalunya. Les primeres valoracions, però, ja avançaven que els resultats seran positius i que compliran la normativa europea que obliga a una reducció de la matèria biodegradable fins a un 15% en els residus que van a parar a abocador. Una segona fase de la prova pilot consistirà en la revegetació de la zona i la substitució de la coberta vegetal. ELS HOSTALETS DE PIEROLA Paral·lelament i amb l'objectiu de permetre el tancament del Garraf, el gener del 2006 es va signar una moratòria per ampliar la quantitat de residus que sense tractament previ s'aboquen al dipòsit de Can Mates, als Hostalets de Pierola. La disposició d'un abocador era un dels requisits per concedir la construcció del quart ecoparc de l'àrea metropolitana, que estarà enllestit, segons les primeres previsions cap al 2008. Tècnics de l'Ajuntament dels Hostalets expliquen que ja es comença a omplir la cinquena de les set cel·les de què consta l'abocador, la qual cosa comportaria, tenint en compte la situació actual, que el 2009 l'abocador ja fos ple. CERDANYOLA El clot de Ceràmiques Sugranyes, a Cerdanyola, conegut com l'argilera Helena, agafa el relleu a la Vallensana. És previst que les primeres bales de residus de l'ecoparc de Montcada i Reixac comencin a arribar al novembre, un cop acabin els treballs que porta a terme l'entitat metropolitana per impermeabilitzar la pedrera i permetre la deposició de bales de rebuig. Fins llavors, part del rebuig que genera l'ecoparc de Montcada i Reixac es destina a dipòsits controlats de Catalunya, segons explicava l'entitat metropolitana, sense arribar a concretar quins.
La planta de Montcada i Reixac rep les escombraries de Badalona, Montcada i Reixac, Badia del Vallès, Ripollet, Barberà del Vallès, Cerdanyola, Montgat i Santa Coloma de Gramenet. Ara la central ha deixat de fer bales i el rebuig es trasllada a l'engròs, sense tractar, als abocadors
El gerent de l'entitat metropolitana, Carles Conill, admet la necessitat d'aquest nou abocador però aclareix que l'entitat treballa des de fa temps perquè la solució passi per restaurar forats i no pas per obrir-ne de nous. «I això gràcies al bon resultat de les proves que s'han fet a les bales de residus que s'han dipositat a la Vallensana», diu Carles Conill. El gerent assegura que l'actual sistema d'infraestructures «digereix» bé els residus que es generen i que es mantenen les previsions establertes en el pla. «La nostra prioritat ara és consolidar el tractament dels residus i el seu embalatge perquè els resultats són bons», diu el gerent de l'entitat.
D'acord amb les proves que s'han fet fins ara el nou abocador a l'àrea metropolitana hauria de ser una antiga pedrera o argilera que s'impermeabilitzaria per rebre les bales.
Menys confiat es va mostrar el vicepresident de l'entitat metropolitana i regidor a l'Ajuntament de Barcelona (CiU), Joan Puigdollers. La instal·lació d'un altre abocador a l'àrea metropolitana «requereix un gran acord social», va dir. I hi va afegir: «Si bé els llocs per omplir hi són, també cal tenir el suport dels ajuntaments implicats i dels ciutadans.» Puigdollers no va dubtar a qualificar l'emplaçament del nou abocador de «gran repte d'aquest mandat per als responsables de l'entitat metropolitana».
El pla d'infraestructures previst per l'Agència de Residus ja preveu la construcció d'aquest abocador i situa la seva futura capacitat en 600.000 tones. Aquest organisme, que no va voler fer declaracions, té enllestit l'avantprojecte de llei de modificació de la llei reguladora de residus que preveu que la construcció d'abocadors no estigui subjecta a l'atorgament de la llicència municipal. Serà el pla territorial d'infraestructures el que finalment determinarà els indrets.

El lobby immobiliari implora ajuts de l'Estat i amenaça amb pujades vertiginoses del preu de l'habitatge

El G-14, el grup de les catorze immobiliàries espanyoles més grans, ha passat a l'acció. Davant del gran nombre de notícies i titulars que parlen del final del cicle expansiu del sector de la construcció d'habitatges, ara amenacen amb una pujada de preu "vertiginosa" en el preu dels pisos si l'Estat no ofereix facilitats a l'hora d'urbanitzar terrenys i tramitar plantejaments urbanístics.
El G-14 és un lobby immobiliari creat per defensar els interessos del sector, que darrerament es veu amenaçat per l'estancament de les vendes. Ara, demana que el Govern espanyol prengui mesures per salvar aquestes grans constructores de la crisi. Així ho va manifestar recentment Antonio Martín, vicepresident de Fadesa, i membre destacat del G-14. "L'Estat hauria de prendre mesures a traves d'acords amb empreses i sindicats per què ens podem avançar a un agreujament de la situació del sector. La banca hauria de pensar també que ha tingut molts beneficis i que no pot mirar ara cap a un altre costat. El sector immobiliari incideix directament sobre la construcció, la banca i el turisme. I el Govern s'ha d'involucrar en oferir solucions".
El president del lobby immobiliari, Fernando Martín, ha anat més enllà i ha assegurat que el preu de l'habitatge, en contra del què tothom pensa, no baixarà i que els tipus d'interès ja no pujaran més. Per tant, ha demanat que els mitjans de comunicació no siguin alarmistes. Pel G-14, la solució a la situació immobiliària passaria per generar més terrenys edificables, perquè, segons aquest lobby, la demanda d'habitatges serà d'entre 450.000 i 500.000 d'habitatges cada any.
El G-14 alerta de problemes de generació de lloc de feina si, tal com asseguren, es segueix desincentivant la demanda d'habitatge, i per tant, la seva oferta. En concret, calcula, que es produiran problemes d'aquest tipus en el termini de sis mesos si la promoció de nous habitatges segueix baixant al mateix ritmes que ho va fer al darrer trimestre, del 60%. Segons les seves dades, per cada habitatge que es deixi de construir es perden entre 2 i 2,4 llocs de feina.

El consumo de agua en Barcelona cae un 4%. La media del área metropolitana es de 116,63 litros por persona y día.

Fuente: Diario Expansión Cataluña.
El consumo de agua en Barcelona cae un 4% y se sitúa entre los más bajos del mundo. La capital catalana marca un nuevo mínimo histórico gracias a la concienciación sobre la necesidad de ahorrar agua y la eficiencia de la red de distribución.

S.SABORIT. Barcelona

Barcelona reafirma su posición como una de las ciudades del mundo con menor consumo de agua por habitante. En el último año, la media de consumo doméstico en el área metropolitana se ha situado en 116,63 litros por habitante y día, según dio a conocer ayer el presidente de la Entitat del Medi Ambient (EMA), Francesc Narváez. Esta cifra supone un descenso del 3,67% respecto al consumo de 2005 y marca un nuevo mínimo histórico. Según Narváez, los 33 municipios del área metropolitana (que suman una población de 3,13 millones de habitantes) llevan quince años seguidos reduciendo el consumo, "incluso si no hay sequía".

Con 116,44 litros por persona y día, la capital catalana consume mucha menos agua que París,ElCairo, Tokio o Nueva York y se sitúa en el extremo opuesto de Pekín. Según Aguas de Barcelona, que presta el servicio en la capital desde hace 140 años, el bajo consumo se explica "por la cultura del ahorro de agua en el ámbito social y por la eficiencia en el sistema de transporte y distribución".

En el área metropolitana, además del Grupo Agbar, distribuyen agua potable otras cinco empresas. En total, sirvieron 207 millones de metros cúbicos, de los cuales el 45% procedieron del Ter y el 40% del Llobregat. El15% restante se captó de los acuíferos subterráneos.

El consumo, sin embargo, es desigual en función de la tipología y densidad del municipio. Así, Begues y Sant Cugat son las poblaciones del área metropolitana que gastan más agua, con 182 y 180 litros por persona y día, respectivamente, como consecuencia del mayor índice de piscinas y casas con jardín. Badia (90,3 litros) y Cornellà (102 litros) son los municipios que menos gastan.

Depuradoras
En 2006, las siete depuradoras de la EMA trataron 290 millones de metros cúbicos de aguas residuales (33.105 metros cúbicos/hora). Destacan las inversiones que se han realizado en las depuradoras del Besòs y ElPrat de Llobregat. En la primera, situada debajo de la explanada del Forum, se ha puesto en marcha un sistema de tratamiento biológico, mientras que en El Prat se ha inaugurado el sistema terciario, que permite reutilizar el agua depurada para regar, limpiar las calles o mantener el caudal del Llobregat.

La tasa de reciclaje de basuras roza el 30%
Además de ahorrar en el consumo de agua, los ciudadanos del área metropolitana de Barcelona han logrado estabilizar en los últimos años la producción de residuos. En 2006, cada persona ha generado una media de 1,43 kilos de basura al día. En total, se recogieron 1,63 millones de toneladas de residuos urbanos que se trataron en los tres ecoparques que existen en la Zona Franca, Montcada i Reixac y Sant Adrià del Besòs. De esta cifra, 468.887 toneladas se recogieron de forma separada, lo que se traduce en una tasa de recogida selectiva del 28,69%, casi dos puntos más que en 2005. La fracción que más separan los ciudadanos es el papel y cartón (96.883 toneladas), con un incremento del 19%. El reciclaje de envases ha aumentado un 11,24%, el de vidrio un 8,38% y el de materia orgánica un 3,72%. Según la EMA, en 2006 los ecoparques e instalaciones medioambientales metropolitanas generaron 195.677 megavatios/hora de energía, equivalente al consumo anual de 8.326 familias.

15 octubre 2007

La ciudad europea y su mito

EL PAÍS 15.10.07. JORDI BORJA
¿Podrán sobrevivir nuestras ciudades? se preguntaba Josep Lluís Sert en el título de un libro convertido en clásico escrito en el exilio, en 1942. Y finalizaba con un texto conclusivo rotundo titulado Planificaciones urbanas a gran escala o catástrofe urbana.
Regreso de Toulouse, participé en el debate de clausura del Congreso Anual de la Federación de Agencias de Urbanismo de Francia. Había un total de 850 participantes, la mayoría profesionales de la cincuentena de agencias repartidas por todo el país y también numerosos alcaldes y regidores de urbanismo de ciudades grandes y medias, miembros del gobierno y directivos del poderoso Ministerio de Ecología, Desarrollo y Ordenación del territorio sostenibles así como dirigentes de las grandes sociedades públicas y privadas financieras y de servicios urbanos y algunos, pocos, expertos o investigadores universitarios. El tema de este año: la ciudad negociada, es decir, compartida en su gestión y desarrollo con los actores económicos, las organizaciones sociales, los habitantes. Hasta aquí nada especial.
¿De qué ciudad se hablaba? Aquí apareció la novedad. La escala de la ciudad francesa, y por extensión europea, la de las propuestas y los proyectos de futuro, no era la del municipio, ni tan sólo las exitosas aglomeraciones metropolitanas creadas a finales de la década de 1990. La ciudad que se está haciendo hoy en Europa es a una escala superior, que traspasa los límites de municipios y comarcas, de departamentos (provincias) y de regiones, incluso las fronteras nacionales en algunos casos. En la sesión a la que asistí primero intervinieron los directores de las Agencias de Urbanismo de Lille, Estrasburgo, Nancy y Clermont-Ferrand, unas agencias muy vinculadas a sus respectivas ciudades, como sucede acá con Barcelona regional.
Lille nos expuso el proceso en marcha de construcción de una metrópolis en red que integraba decenas de municipios por medio de 14 agrupaciones de municipios franceses y 4 belgas, proceso al cual se habían asociado 5 entidades regionales y provinciales francesas y belgas. Se ha iniciado ya la institucionalización de esta región metropolitana sobre la base de 15 autoridades locales lideradas por la ciudad de Lille, por ahora sin los belgas por la resistencia de los Estados a favorecer la institucionalización local transfrontaliza. Las propuestas de Nancy y de Estrasburgo eran de una ambición parecida. La capital de la Lorraine apuesta inicialmente por una metrópolis que articule el eje lineal de sus cuatro ciudades (Nancy, Metz, Epinal y Thionville) para abrirse luego hacia Suiza, Alemania, Luxemburgo y Bélgica. Y Estrasburgo conjuntamente con Mulhouse la otra capital alsaciana, se define como la ciudad central del eje que va de Basilea (Suiza) a Karlsruhe (Alemania) y prepara proyectos con Stuttgart. Incluso una ciudad como Clermont-Ferrand, capital de la región franco-francesa de la Auvergne, en pleno centro de Francia, no sólo plantea sus proyectos a escala regional, también se abre hacia la región vecina por medio del eje con Sainte Etienne, la segunda ciudad de la región que lidera Lyón, y de aquí a Suiza y norte de Italia.
Estas ciudades y las estructuras regionales que promueven no sólo se proponen desarrollar las infraestructuras comunicacionales conjuntas. También quieren definir programas y proyectos conjuntos, orientados a la innovación de las actividades y los servicios, el desarrollo económico y territorial sostenible y la dimensión europea. Se proponen promover elementos que refuercen la naciente identidad de estos territorios. ¿Nos encontramos en la etapa final de la mítica ciudad de la vieja Europa, como nos consideran en Estados Unidos? No es ésta la pretensión de los protagonistas de estos procesos metropolitanos y macrorregionales. En la mesa redonda de clausura en la que participé y en los discursos oficiales finales se enfatizó la centralidad de las ciudades existentes, se apostó por la densidad y por la compacidad de los desarrollos y se propuso la articulación a escalas regionales de escala europea como la mejor forma de salvar y de hacer progresar las ciudades tradicionales, elementos nodales y motores de los nuevos sistemas urbanos. La mítica ciudad europea permanece renovándose.
Y en nuestro país ¿qué ha pasado con la "Eurorregión"? Hace ya 15 años el actual alcalde de Perpiñán me decía que su ciudad formaba parte del área metropolitana de Barcelona, en las alcaldías de Toulouse y Montpellier estaban encantados del proceso naciente de articulación de une espacio regional cuyo punto más fuerte era la capital catalana, Marsella, por medio de su alcalde, se declaraba interesada en integrarse en el planeamiento estratégico iniciado en Barcelona y Raymond Barre, el alcalde de Lyón, ex jefe de Gobierno de Francia y reputado economista, hablaba de fomentar el eje que le unía a Barcelona. El alcalde y luego presidente de la Generalitat, Maragall, nunca dejó de enarbolar esta bandera, pero no parece que haya sido suficiente. Ni la alcaldesa de Valencia (lamentablemente Carmen Alborch no conquistó la alcaldía) ni los anteriores alcaldes de Palma de Mallorca han demostrado el mismo entusiasmo, aunque ahora en las Islas, como en Zaragoza y Aragón, podría seguramente reactivarse el tímido proceso iniciado en la década de 1980. La política infraestructural del Gobierno central no sólo no ha dado facilidades; todo lo contrario, ha optado por desarrollar el sistema radial centrado en Madrid y ha sacrificado la conexión mediterránea, especialmente entre Valencia y Cataluña. Tampoco en Francia triunfaron los buenos deseos de los alcaldes citados, y una prueba, entre otras, de ello es el escaso interés que demuestran por la conexión de viajeros y de mercancías del tren de alta velocidad congelando el tramo de Perpiñán a Montpellier, temerosos de la competencia barcelonesa y de su puerto. Pero el tren, aunque sea lentamente, avanza y una vez desde España llegue a Perpiñán la fuerza de las cosas se impondrá a la miopía de los hombres.
Sería hora que la ciudad de Barcelona y su gobierno retomaran la bandera de la Eurorregión. Por ahora, tanto la Generalitat como el Ayuntamiento ofrecen una imagen muy autocentrada, casi ombliguista. De la épica no se ha pasado a la lírica, sino a un diálogo propio del Ionesco de la cantante calva. La campaña publicitaria ¿Vostè que faria? se dirige al ciudadano, es cierto pero en unas condiciones de aislamiento social que sólo puede dar resultados previsibles de más de lo mismo. Está amalgama de concejo abierto de pueblo y de concurso radiofónico financiado por un detergente no es la participación ciudadana más estimulante. Hay, sin embargo, indicios interesantes de debate sobre el modelo de Barcelona, que inició el excelente libro de Horacio Capel en 2005 y que ahora ha retomado una revista del Ayuntamiento, Barcelona metrópolis mediterránea, en su último número, que expone interpretaciones críticas; un buen signo pues sin diálogo y confrontación no hay progreso ni creatividad.
Pero el debate aún está demasiado circunscrito a la ciudad, aunque bien está que se asuma que el modelo dista de ser perfecto. Sin masoquismo, pues gran parte de los aspectos negativos o deficitarios que enfatizan los críticos se deben más procesos propios del entorno económico y político que a sus propias limitaciones, aunque el ámbito impuesto al urbanismo municipal no contribuye demasiado a reducir los efectos perversos del mercado y de la fragmentación política. En un reciente encuentro con urbanistas europeos los discursos locales enfatizaron mucho más la continuidad que el cambio y se excluyeron que hubiera rupturas en nuestro urbanismo de la última década. Puede ser cierto, aunque discutible. El señor K, el álter ego de Bercht, reconocía que si alguien te dice que en 10 o 20 años no habías cambiado deberías preocuparte.
En su conferencia en Tribuna de Barcelona, el responsable del urbanismo barcelonés, García Bragado, declaró que el Ayuntamiento debía sentirse responsable de que la ciudad ofreciera a todos los servicios, fueran o no de su competencia legal, que les permitieran ejercer de ciudadanos. Tenía razón. Si me permiten añadiría: pues no basta el urbanismo de barrio, hace falta el urbanismo de escala europea, más allá de la ciudad y de la vieja área metropolitana, sin otros límites que los de nuestras capacidades, no de las inercias administrativas.
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09 octubre 2007

Pacto Nacional por la Vivienda.

EL PAÍS 08.10.07
Todos menos CiU y el PP
Un total de 34 entidades, entre las que figuran asociaciones, sindicatos, constructores y colegios profesionales, firman hoy con la Generalitat el Pacto Nacional por la Vivienda
CLARA BLANCHAR - Barcelona - 08/10/2007


Al final estarán todos menos Convergència i Unió (CiU) y el Partido Popular (PP). El Pacto Nacional por la Vivienda se firma hoy en la Generalitat en un acto en el que estará presente el presidente catalán, José Montilla, junto a los máximos responsables de vivienda de su Ejecutivo y al que acudirán 34 entidades del sector. El portavoz de CiU en el Parlament, Felip Puig, recordó ayer que su grupo no acepta el alquiler forzoso de viviendas previsto en el plan. "No habrá pacto, habrá un pacto entre el Gobierno y algunos agentes sociales; mientras CiU no esté en el pacto, no será un pacto nacional", aseguró.
El acuerdo prevé movilizar 8.200 millones de euros en 10 años
"Mientras CiU no esté en el pacto, no será un acuerdo nacional", dice Felip Puig
Presentado en abril por el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, que dirige Francesc Baltasar, el pacto es un exhaustivo documento de 200 páginas que fija cinco retos que cumplir, detalla medidas para lograrlo e incluso calcula su coste económico [véase el gráfico adjunto]. Para hacerlo realidad, deben mojarse todos: desde los promotores y constructores, hasta Cáritas, pasando por los ayuntamientos, vecinos, cajas de ahorro y colegios profesionales.
Lograr el consenso no ha sido fácil por la dificultad de casar intereses. Pero, sobre todo, porque el pacto se puso sobre la mesa cuando en ésta ya había otro controvertido fajo de papeles: la Ley del Derecho a la Vivienda, que lleva dos eternos años de trámite y que muchos interlocutores han utilizado de moneda de cambio en la negociación. Los que siguen son los agentes llamados a firmar, su postura definitiva y sus argumentos.
- Partidos de la oposición. Precisamente la ley y su polémico artículo 42.6, que prevé destinar las viviendas vacías a alquiler social, ha sido el principal escollo para sumar voluntades entre los partidos. Ni CiU, ni el PP, ni Ciutadans están dispuestos a aceptarlo. Los dos primeros han condicionado su retirada a la adhesión al pacto, y al no ser descartado, no firmarán. CiU insiste en que la formación estaría dispuesta a firmar si cayera el alquiler forzoso. Algo que han intentado incluso sugiriendo redacciones alternativas a la expropiación. Además, han amenazado con llevar la Ley al Consell Consultiu por el 42.6. En el caso de Ciutadans, su presidente, Albert Rivera, destaca que su formación no vincula los textos y recuerda que no votará la ley.
- Promotores y constructores privados. La adhesión de las asociaciones de constructores y promotores que preside Enric Reyna ha sido la más polémica. La patronal consiguió barrer para su casa en cuestiones de la ley como las cesiones de suelo para hacer pisos sociales en suelo urbano -rebajó las exigencias- o el sistema de adjudicación de viviendas públicas cuando las construyen ellos -adjudicarán el 30%, cuando ahora adjudican el 100%. La foto de Francesc Baltasar y Reyna causó malestar incluso dentro del propio partido del consejero, ICV, y levantó polvareda en el tripartito, donde los sectores más izquierdistas temieron que el pacto "se desnaturalizara". El presidente del Gremio de Constructores, Néstor Turró, celebra la previsión de levantar 160.000 pisos sociales en un momento de vacas flacas y el empuje a la rehabilitación, "una actividad más sostenible que la obra nueva". El presidente de la Cámara de Contratistas, Rafael Romero, valora que el pacto recoja la experimentación de nuevos métodos constructivos y materiales en las futuras promociones de protección oficial.
- Promotores públicos y cooperativas. El presidente de la Federación de Cooperativas de Vivienda, Pere Esteve, destaca que se haya llegado a un consenso que "dé cobertura a la promoción de pisos que las cooperativas llevan décadas haciendo". Cansado de "cambiar de papeles cada cuatro años", el presidente desde la Asociación de Fundaciones de Viviendas sin Ánimo de Lucro, Francesc Borrell, espera que el pacto "sea capaz de dar continuidad a las políticas de vivienda". Ferran Julián, presidente de la asociación AVS, que agrupa a los promotores públicos de vivienda y suelo, valora que en el texto se "territorialicen las políticas de vivienda de forma que los ayuntamientos y no sólo el Incasòl puedan promover vivienda protegida", aunque cuestiona "la poca definición en las ayudas a la compra de suelo".
- Sindicatos. Ni la UGT ni CC OO decidieron su postura hasta última hora. UGT considera el pacto "insuficiente", aunque celebra el "paso adelante" y el consenso logrado, por lo que ha optado por un "sí crítico". CC OO no dijo que sí hasta que logró de Baltasar el compromiso por escrito de que no se retirará el alquiler forzoso de viviendas de la ley. Por parte de USOC, Xavier Sanz valora el consenso logrado", aunque expresa cierta duda sobre "cómo se coordinarán las listas de solicitantes de las cooperativas y los ayuntamientos con el registro único" que prevén la ley y el pacto.
- Ayuntamientos. El protagonismo que el pacto da a los ayuntamientos es el principal elogio de las entidades locales. El presidente de la Federación de Municipios, Manel Bustos, destaca el reconocimiento de éstos en la política de vivienda. Desde la Diputación de Barcelona, la diputada de Urbanismo y Vivienda, Anna Hernández, apunta la necesidad de dotar a los ayuntamientos pequeños de herramientas de ayuda para los trámites administrativos de gestión del suelo.
- Vecinos y consumidores. La inyección de dinero estimada en el plan -8.221 millones de euros en 10 años-es la principal preocupación de la federación de las asociaciones de vecinos, la CONFAVC. Su presidente, Joan Martínez León, celebra, con todo, la mera existencia del pacto, el protagonismo de los vecinos en su discusión y el principio de solidaridad urbana, que obliga a todos los ayuntamientos a levantar VPO. También firmará el pacto la federación de asociaciones de Barcelona, FAVB, tras cuestionarlo inicialmente y expresar su temor a que el alquiler forzoso desapareciera de la Ley. Desde la organización de consumidores OCUC, su presidenta, Montserrat Torrent, celebra los capítulos destinados a los derechos de los consumidores y usuarios en la compra y la lucha contra el mobbing o las viviendas sin cédula de habitabilidad.
- Colegios profesionales. También los colegios valoran el pacto y su capacidad de sumar: los API, la profesionalización de los intermediarios inmobiliarios; los arquitectos y aparejadores, las cuestiones técnicas, de calidad y la rehabilitación, y los notarios, o la resolución de aspectos técnicos y fiscales. Sólo Josep Maria Gual, presidente de los administradores de fincas, tacha de "utópicos" el global de cifras y el calendario.
- Entidades sociales. La atención que el pacto presta a cuestiones como el asedio inmobiliario, las infraviviendas, las viviendas para mayores y los pisos de inclusión para colectivos en riesgo llevan tanto a Cáritas como a Justícia i Pau a celebrar, en palabras de sus presidentes, Jordi Roglà y Arcadi Oliveras, "que el pacto hable del concepto de vivienda digna" y de "la vivienda como fuente de cohesión social". Jaume Soler, del Consejo Nacional de la Juventud, se apunta como victoria de la entidad el incremento del porcentaje de viviendas de alquiler.
EL PUNT 08.10.07

CiU no firma el pacte per l'habitatge perquè obliga a llogar pisos buitsEP. Barcelona.El grup parlamentari de Convergència i Unió (CiU) va anunciar ahir que no pensa signar avui el Pacte Nacional per l'Habitatge. El nou secretari general adjunt de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) i portaveu de CiU al Parlament, Felip Puig, va declarar que s'hi oposen perquè inclou el lloguer forçós de pisos buits. Puig va recordar que amb la negativa, «demà [avui per al lector] no hi haurà Pacte Nacional per l'Habitatge, hi haurà un pacte entre el govern i alguns agents socials, perquè mentre CiU no estigui en el pacte, no serà un pacte nacional». El portaveu convergent també va lamentar que «un cop més el país en surt perjudicat per haver buscat l'estabilitat del govern» i va dir que «la radicalitat d'Iniciativa fa que s'aprovi una llei en què tots els pisos buits es poden expropiar».

Le modèle périurbain à l’épreuve de la catastrophe

Us paso el vincle d'un article publicat a la revista electrònica metropoles http://metropoles.revues.org/document26.html tellement interessant.
Aquí teniu els resums (en francès i anglès):
Résumé
Le modèle périurbain pavillonnaire est questionné à partir d'une démarche ethnographique conduite sur un village du Narbonnais touché par des inondations catastrophiques. L'histoire de ce mode d'urbanisation montre les liens forts qui existent avec les dynamiques territoriales, en l'occurrence la crise viticole des années soixante-dix. L'inondation de 1999 perturbe ensuite les pratiques domestiques et conduit les sinistrés à redéfinir leur mode d'habiter en délaissant le bonheur pavillonnaire au profit de la quête de sécurité. Les discours des gestionnaires connaissent enfin un renversement depuis le développement urbain des campagnes des années quatre-vingt à l'imposition de la "culture du risque" dans ces quartiers à l'avenir incertain. L'approche ethnologique suit les multiples recompositions du modèle périurbain à travers l'histoire d'un territoire, les pratiques des habitants et les discours des gestionnaires.
Abstract
Suburbanisation is about to represent an unsustainable model of urban development for consummating space, energy and equipments. In this context, the tragic floods which affected Cuxac d’Aude village (Aude, France) in 1999 can be explained by hazardous choices of planning suburban neighbourhood in risky places. The ethnographical research proposes an other approach which focuses on the bonds with the territory and the residential practices. For the deep wine crises of the 70’s and 80’s in Languedoc, the urbanization of old vineyards participates to the modernization of rural areas. After the floods, the inhabitants define new domestic practices in damaged houses. The suburban villa is no more the modern symbol of happiness but is the place of fear, stress and risk culture.

Me n'oblidava l'autor: Julien Langumier

08 octubre 2007

Noticias sobre vivienda. Semana 1 a 5 de octubre de 2007.

Se recogen algunas de las noticias destacadas por idealista:
alquilar un local en madrid y barcelona saldrá más caro
el economista, miércoles 3 oct 07


madrid y barcelona son las dos capitales españoles donde alquilar un local sale más caro. mientras que en el resto de las zonas la subida se limitará al 2 o 3 por ciento, las dos grandes ciudades alcanzarán "una subida del 10% aproximadamente" según un informe de aguirre newman. la reducida disponibilidad de los locales en madrid y barcelona es la razón por la que el precio del alquiler subirá. la calle preciados de madrid, con 215 euros mensuales por metro cuadrado y el paseo de gracia en barcelona, con 200,68 euros, son las zonas más caras del país


el suelo baja de las nubes
el país, viernes 5 oct 07


las grandes empresas están vendiendo suelo para tener liquidez, hacer frente al endeudamiento y mejorar resultados. pero mientras aumenta la oferta, la demanda se retrae porque hay incertidumbres para elegir: la situación post electoral de muchos ayuntamientos, la crisis financiera mundial y el alicaído mercado residencial. el profesor gonzalo bernardos apunta que la reducción del ritmo de comercialización de viviendas les impedirá obtener liquidez para invertir en solares. también añade que "para los especuladores aumenta el riesgo y se reduce la plusvalía. la tendencia alcista dará paso a la bajista"


llanera, primera víctima de la crisis inmobiliaria tras declararse insolvente
cinco días, martes 2 oct 07


llanera ha presentado la petición de concurso voluntario al encontrarse las seis empresas más importantes del grupo en situación de insolvencia inminente. el estado de las cuentas de la compañía ha llevado a los bancos a negarse a estructurar la elevada deuda del grupo. llanera había reconocido hasta el momento una deuda a largo plazo de 300 millones de euros. sin embargo la deuda total del grupo asciende a 748 millones a 31 de diciembre de 2006. bancaja reconoció 92 millones de deuda pero cubierta en un 97% con "garantía prendaria adecuada". los compromisos adquiridos por llanera de compra de terrenos por 329 millones y la deuda contraída con lehman brothers por 150 millones han terminado por estrangular las finanzas de la empresa


el 70% de las capitales sube el ibi para contrarrestar el freno de la construcción
la gaceta de los negocios, lunes 1 oct 07


los principales ayuntamientos españoles se han anticipado a las caída de ingresos que se derivará de la desaceleración de la actividad constructora y del descenso de demanda de viviendas aprobando subidas prácticamente generalizadas en los impuestos que gestionan y que están relacionados con la vivienda y la construcción. el impuesto sobre bienes inmuebles (ibi) que ya es la principal fuente de financiación de los ayuntamientos y cuya base impositiva está constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles ha sido el principal objeto de estos incrementos en 2007: 35 de las 52 capitales de provincia españolas (el 70%) han incrementado el ibi en el presente ejercicio a través de la revisión del valor catastral de los inmuebles e incluso con la subida de tipos impositivos del tributo


españa, país de alto riesgo por la crisis inmobiliaria de eeuu
el periódico de catalunya, miércoles 3 oct 07


españa es "claramente" uno de los países con "alto riesgo" de contagio después del estallido de la crisis inmobiliaria norteamericana, una vez descartado el efecto real de "burbuja" esperado para 2007, según un estudio de la compañía de seguro de crédito euler hermes sfac. españa comparte esta situación con otros países como reino unido, países bajos e irlanda. en el caso de españa, el estudio destaca que cuenta con unos precios "muy elevados", cuyo incremento cifra en 119% durante la última década, si bien estos "se han mantenido bien globalmente a pesar de evidentes signos de tensión" mientras que en el caso de eeuu se ha experimentado una bajada "moderada", después de caídas de hasta el 13% en 2005


sube la morosidad de las hipotecas aunque no es alarmante
abc, viernes 5 oct 07


la morosidad de los créditos hipotecarios concedidos en españa por el conjunto de las entidades para adquirir una vivienda se elevó hasta el 0,506% al término del segundo trimestre de 2007, frente al 0,381% que registraba al cierre del primer trimestre de 2007. según los datos publicados por la asociación hipotecaria española (ahe), la tasa de morosidad se sitúa en el 0,510% del total del crédito para adquisición de una vivienda, con o sin garantía hipotecaria; también por encima del 0,385% que marcó este indicador a finales de junio de 2006


cientos de clientes de el pocero ponen a la venta sus pisos
el mundo, miércoles 3 oct 07


apenas dos meses después de entregarse las primeras viviendas en la polémica macrourbanización de paco el pocero en seseña los inmuebles a la venta de "residencial francisco hernando" inundan los portales de internet inmobiliarios. ¿la causa? "finaliza el plazo para escriturar, que expira el último día del presente mes de octubre y después sus compradores deberán hacer frente a altas cuotas hipotecarias", señalan varias inmobiliarias


don piso ajusta plantilla
el economista, sábado 29 sep 07


don piso, una de las empresas líderes del sector de la comercialización inmobiliaria en españa, ha decidido aplicar un "plan de contingencia para recortar costes" explicó el responsable de franquicias de la compañía, emiliano bermúdez. el ajuste ha supuesto el cierre de 26 oficinas de su red comercial, recorte de plantilla y un descenso de la inversión publicitaria. bermúdez considera que la demanda de pisos ha caído un 75% y el gran culpable de este descenso son los bancos y cajas que "ya no dan hipotecas al 100% del valor más los costes de la compra y ahora sólo dan hipotecas por el 80% del valor del inmueble". este cambio de tendencia "ha echado del mercado a muchos inmigrantes que necesitan casa", explicó


la banca reconoce que las condiciones de crédito son más duras
el país, miércoles 3 oct 07


"parece difícil evitar una desaceleración del crecimiento global y un endurecimiento de las condiciones crediticias" a consecuencia de la crisis desatada por las hipotecas subprime estadounidenses, según la asociación española de banca (aeb) que aunque subraya el impacto limitado de la crisis, admite que la economía nacional y el sector financiero no están inmunizados a un deterioro del entorno exterior. para la aeb, las turbulencias financieras intencionales se han producido en un momento de fuerte crecimiento y con un sector bancario "diversificado, con dimensión internacional, saneado y eficiente para hacer frente a este nuevo entorno". pero la patronal prevé un escenario marcado por una "desaceleración del volumen de negocio y de la demanda". además, deberá afrontar una liquidez menos abundante y un encarecimiento de las operaciones tanto de activo como de pasivo. dicho de otra manera, los créditos serán más caros pero también los depósitos ofrecerán tipos de interés más altos


aprobado el estatuto que regula la actividad profesional de los apis
eleconomista.es, martes 2 oct 07


el colegio de agentes de la propiedad inmobiliaria (api) de barcelona celebra la reciente aprobación, por real decreto, del estatuto que regulará la actividad de este colectivo profesional ya que permitirá que el sistema de acceso a la colegiación sea "mucho más fluido". así, la denominación de agente de la propiedad inmobiliaria quedará reservada a los colegiados y su sistema de acceso será directo a partir de un mínimo de formación universitaria. el resultado de estas modificaciones será, según los api, un incremento de la "seguridad y confianza" en la intermediación inmobiliaria


los extranjeros claman por invertir en francia
financial times, miércoles 3 oct 07


no importa que sea una segunda residencia o un bloque de oficinas en parís, los extranjeros están comprando francia. durante 2006 invirtieron 12.000 millones de euros en el mercado de oficinas en parís, lo que supone un 63% de la facturación, y las familias británicas, alemanas y holandesas han estado comprando viviendas vacacionales francesas a un buen ritmo. nadie sabe con exactitud cuántas casas son propiedad de extranjeros en francia porque no se guardan estadísticas al respecto pero se estima que los británicos representan un 1% de la población de dordoña, por ejemplo. gracias a una mayor transparencia, liquidez en el mercado y la adopción de herramientas profesionales por parte de los profesionales inmobiliarios, invertir en inmuebles comerciales es más fácil ahora. los inversores españoles e irlandeses han sido activos durante los últimos tres años, representando el 6% del mercado francés. este año la atención en los círculos inmobiliarios parisinos se ha centrado en la llegada de los inversores australianos. a pesar de la inestabilidad en los mercados crediticios, el mercado de oficinas de parís sigue siendo atractivo. en lille, el 55% de la venta de inmuebles comerciales y el 15% de las adquisiciones fueron realizadas por británicos. en lyon los alemanes representaron el 11% de las adquisiciones. en niza y sofia antipolis los compradores alemanes representaron el 36%, mientras que éstos también compraron el 26% del suelo comercializado en toulouse

07 octubre 2007

No a la Dispensa de Prestar el Servicio Municipal de Mercado al Ayuntamiento de Huesca

Fuente: El blog de espúblico.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de Marzo de 2007 confirma la anulación del acuerdo del gobierno autonómico por el que se dispensa al Ayuntamiento de Huesca de prestar el servicio de mercado, al ser innecesario por existir varios hipermercados y supermercados en el municipio. El hecho de que la Ley aragonesa 7/1999 establezca, al regular las aportaciones y prestaciones que se han de acompañar al servicio, que no serán procedentes en los supuestos de innecesariedad del servicio, no significa que sea una nueva causa de dispensa del servicio. Tanto la legislación aragonesa como estatal sólo autorizan la dispensa de los servicios obligatorios, entre los que se encuentra el de mercado, cuando la prestación del servicio resulte imposible o muy difícil. En el caso, la sentencia recurrida ni inaplica ni hace declaración alguna sobre la inconstitucionalidad del art. 45 de la Ley 7/1999 de 9 Abril de Administración Local de la CA de Aragón. Lo que hace es anular el acto impugnado porque se autoriza la dispensa del servicio de mercado por innecesariedad del servicio, y no porque resulte imposible o muy difícil el cumplimiento, el establecimiento y la prestación del servicio, que es lo que expresamente dice el art. 26.2. LBRR. Si el propio art. 45.1 define los supuestos de dispensa y luego, al regular las aportaciones y prestaciones que se han de acompañar al servicio, dispone en su ap. 5.º que no serán procedentes en los supuestos de innecesariedad del servicio, no puede aceptarse, como pretende la Administración recurrente, que ese concepto de innecesariedad sea una nueva causa de dispensa del servicio, pues éstas ya las ha definido el propio art. 45.1. Por tanto, teniendo en cuenta que la interpretación de las normas ha de hacerse en su conjunto y de acuerdo con su letra y espíritu, si en un apartado se refiere en concreto y de forma detallada a las causas de dispensa de los servicios obligatorios, a esa previsión se ha de estar, respecto a las causas autorizadas. Máxime cuando en ello se limita a reproducir las causas previstas y autorizadas en la normativa básica, que obviamente la norma autonómica ha de respetar aunque pueda completar y desarrollar. El Tribunal Supremo declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la Diputación General de Aragón y el Ayuntamiento de Huesca contra sentencia del TSJ Aragón de 5 de abril de 2004, que anuló el acuerdo del Gobierno autonómico de 2 de febrero de 2000 por el que se dispensaba al Ayuntamiento de Huesca de prestar el servicio municipal de mercado en razón a su innecesariedad con la prevención de que si en algún momento el servicio mencionado vuelve a ser necesario el Ayuntamiento estará obligado a asumirlo. La STSJ Aragón de 5 de abril de 2004 fallaba: "Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo (...) debemos anular y anulamos el acuerdo de Gobierno de Aragón de fecha 2 de febrero de 2.000...". Una vez notificada la sentencia, la Diputación General de Aragón y el Ayuntamiento de Huesca, preparan sus recursos de casación ante esta Sala del Tribunal Supremo.
La sentencia que es objeto del presente recurso de casación, estimó el recurso contencioso administrativo y anuló la resolución que en el mismo se impugnaba refiriendo en sus Fundamento de Derecho, entre otros, lo siguiente:
"Segundo.- Los dos codemandados aducen, en primer lugar, que concurre la causa de inadmisibilidad del recurso prevista en el articulo 69.c), en relación con el 25.1, ambos de la Ley Jurisdiccional, por cuanto, a su juicio, el acto impugnado es un acto de trámite, considerando como acto definitivo el posterior acuerdo municipal del Pleno del Ayuntamiento de Huesca de 27 de junio de 2000, por el que se decide la supresión del servicio de mercado.
La distinción entre actos resolutorios (o definitivos) y actos de trámite toma su base en la circunstancia de que los actos se dictan en el seno de un procedimiento administrativo, en el cual hay una resolución final que es la que decide el fondo del asunto (artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y para llegar a ella ha de seguirse un iter con distintas fases, con intervención de órganos o personas diversos, con actos también diferentes; estos actos previos a la resolución son los que la Ley llama actos de trámite; se trata, pues, de una distinción puramente funcional en el seno de un procedimiento administrativo; los actos de trámite son actos instrumentales de las resoluciones; es una distinción establecida con base en la propia estructura del procedimiento administrativo.
Pues bien, que el acto recurrido no es un acto de trámite se infiere con claridad del artículo 45.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón, que regula el procedimiento para la dispensa de la obligación de prestar los servicios mínimos obligatorios, precepto que dice así: "La tramitación del expediente de dispensa se ajustara a las siguientes reglas:...".
Como puede apreciarse, existe un procedimiento específico para la dispensa, que se inicia con la solicitud del Ayuntamiento interesado, sucediéndose a lo largo del mismo distintos actos de trámite, entre los que se incluyen diversos informes y una propuesta de resolución, culminando con una resolución del Gobierno de Aragón que pone fin al procedimiento (la que aquí se impugna) que deberá tener unos contenidos determinados.
La propia Ley define como resolución el acto administrativo objeto de este recurso y es indiscutible su condición de tal en el sentido del artículo 89 de la Ley 30/1992, por cuanto el pronunciamiento de la Comunidad Autónoma por el que se otorga o deniega la dispensa es el acto administrativo que termina un procedimiento específico, resolviendo las cuestiones planteadas en el mismo, y así se reconoce en la notificación del acuerdo ahora recurrido, en el que expresamente se dice "que agota la vía administrativa"; el que luego dicha resolución se aporte a otro procedimiento administrativo no cambia su naturaleza de acto definitivo del procedimiento específico de dispensa; en consecuencia, debe rechazarse la excepción procesal invocada de contrario.
Por lo que se refiere al tema de fondo, la cuestión clave del presente recurso radica en dilucidar si cabe dispensar al Ayuntamiento de Huesca del servicio mercado por considerarlo innecesario, toda vez que existen en dicha Ciudad dos hipermercados, varios supermercados y numerosos comercios de productos alimenticios que cubren sobradamente el abastecimiento de la población.
El artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que los municipios con población superior a 5.000 habitantes deberán prestar, en todo caso, por sí o asociados, diversos servicios, entre los que se encuentra el de mercado; dicho servicio de mercado es, pues, un servicio público obligatorio en las poblaciones de más de 5.000 habitantes (entre las que se encuentra Huesca, que supera con creces dicho número), pudiendo los vecinos exigir su prestación (véanse las sentencias del Tribunal Supremo de 1 de junio de 1979, 9 de mayo de 1986, 25 de abril de 1989 y 21 de enero de 1992, etc.).
Ciertamente, el artículo 26.2 de la Ley 7/1985 contempla la posibilidad de que los municipios sean dispensados por la Comunidad Autónoma respectiva de la obligación de prestar los servicios mínimos que les correspondan, pero solo en el caso en el que por las características peculiares del municipio "resulte imposible o muy difícil cumplimiento el establecimiento y prestación de dichos servicios"; fuera de esos concretos y tasados supuestos no cabe la dispensa de la prestación de los servicios obligatorios; consecuentemente, como la resolución impugnada basa el acuerdo de dispensa en la innecesariedad del servicio de mercado, en razón a que el abastecimiento alimenticio estaba garantizado con la oferta privada, es claro que vulnera lo dispuesto en el mentado artículo 26.2, que solo permite eximirse de la obligación de prestar los servicios mínimos cuando resulten de imposible o muy difícil cumplimiento, por lo que el presente recurso debe ser estimado (véase la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 7 de noviembre de 2002).
El legislador ha querido que en municipios de más de 5.000 habitantes concurra el servicio municipal de mercado junto con la iniciativa comercial privada, y tal voluntad debe ser respetada en tanto no se modifique la normativa legal, que solo permite a la Comunidad Autónoma dispensar de los servicios mínimos obligatorios en los supuestos de imposibilidad o grave dificultad.
La Ley 7/1985 ha sido modificada en varias ocasiones; entre las diversas reformas se halla la operada por el Real Decreto Ley 5/1996, de 7 de junio, que liberaliza los servicios funerarios y altera el artículo 26.1.c), suprimiendo como servicio obligatorio de los municipios de más de 20.000 habitantes el de matadero, en tanto que mantiene sin variaciones el de mercado, cuando éste servicio en dicha fecha contaba con una oferta comercial de la iniciativa privada suficiente en todos las capitales de provincia, así como en otras poblaciones de cierta entidad; dicha reforma pudo permitir su dispensa en caso de que el servicio de mercado estuviese cubierto por la oferta privada, y sin embargo no lo hizo.
Por último, el Ayuntamiento de Huesca aduce que la abundante oferta de los particulares dificulta gravemente la prestación del servicio municipal de mercado, pero lo cierto es que la dispensa se basa en la innecesariedad del servicio, no en que resulte su prestación de muy difícil cumplimiento, por lo que la materia litigiosa se circunscribe al motivo esgrimido para otorgar la dispensa.
En apoyo de la resolución impugnada se cita el artículo 45.5 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón, estimando los demandados que dicha norma permite a las Comunidades Autónomas dispensar de la obligación de prestar los servicios mínimos por causa de "innecesariedad", pero tal postura no puede acogerse pues con independencia del ámbito de aplicación del artículo 45.5, lo cierto es que la Ley estatal 7/1985 es básica y se impone a la competencia legislativa autonómica, que la ha de respetar, tal como previene la sentencia del Tribunal Constitucional 214/1989, de 21 de diciembre ".
El TS inicia su análisis, por el motivo segundo de casación, aducido por la Comunidad Autónoma de Aragón, al amparo del artículo 88.1.d) de la Ley de la Jurisdicción, por estimar, entre otros, que el acto impugnado era un acto de trámite, pues de admitirse el mismo haría innecesario el análisis de los demás, aparte de que la sentencia recurrida, analiza en primer lugar y de forma prioritaria la cuestión relativa a si el acto impugnado es o no un acto de trámite.
En el citado segundo motivo de casación, la Comunidad Autónoma de Aragón, alega en síntesis; a), la infracción del artículo 107.1 de la Ley 30/92, por entender que el acuerdo de 2 de febrero de 2000, del Gobierno de Aragón era un acto de trámite, que ni decidía directa o indirectamente el fondo del asunto, dado que la decisión quedaba en manos del Ayuntamiento de Huesca, ni determinaba la imposibilidad de continuar el procedimiento, ni producía indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; y b), que la sentencia infringe los artículos 149.1.18ª de la Constitución y 35.1.3º y 9.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón, en cuanto parte de que cualquier regulación autonómica no recogida en la Ley de Bases es inconstitucional, en contra de la doctrina del Tribunal Constitucional que cita, y además inaplica la Ley Autonómica, sin haber planteado la cuestión de inconstitucionalidad.
Y procede rechazar tal motivo de casación.
De una parte, porque el acuerdo de 2-2-2000 del Gobierno de Aragón, no se puede estimar como acto de tramite y basta para ello con remitirse a las valoraciones de la sentencia recurrida (FD 2º), ya que, concede de forma definitiva al Ayuntamiento de Huesca, la autorización solicitada, sobre dispensa de la obligación de prestar el servicio obligatorio de mercado y además, el mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 7/99, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón, es un acto definitivo que agota la vía administrativa.
Y no obsta en nada a lo anterior el que después el Ayuntamiento pueda o no acogerse a esa dispensa concedida, como se alega, pues la dispensa ya está autorizada y es esa dispensa la que se cuestiona e impugna, sin olvidar, que el acuerdo posterior del Ayuntamiento resultaría amparado por ese acuerdo anterior, que de no impugnarse habría devenido en firme y consentido.
Y de otra, porque la sentencia recurrida, ni inaplica ni hace declaración alguna sobre la inconstitucionalidad del artículo 45 de la Ley 7/99 de Administración Local de Aragón, y por tanto no tenía que abrir trámite de audiencia a las partes.
Pues, en efecto, en sus Fundamentos de Derecho Segundo y Cuarto analiza y valora el artículo 45 citado y en concreto el apartado 5, y anula el acto impugnado, porque se autoriza la dispensa del servicio de mercado por innecesariedad del servicio, y no, porque resulte imposible o muy difícil el cumplimiento del establecimiento y prestación del servicio, que es lo que expresamente dice el artículo 26.2 de la Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Sin que a lo anterior obste el que ciertamente el articulo 45.5 de la Ley 7/99 de Administración Local de Aragón, refiera ese concepto de innecesariedad, pues no hay que olvidar, primero como refiere la sentencia recurrida que la Ley Básica Estatal solo se refiere y autoriza las dispensas de los servicios obligatorios que definen, entre los que se encuentran los de mercado, cuando la prestación del servicio resulte imposible o muy difícil, y segundo, que es la propia Ley 7/99, la que su apartado 1, refiere:
"Los municipios podrán solicitar a la Diputación General de Aragón la dispensa de la obligación de prestar los servicios mínimos a que se refiere el artículo anterior cuando, por sus características peculiares, resulte imposible o muy difícil cumplimiento el establecimiento y prestación de dichos servicios por el propio Ayuntamiento".
Y del hecho de que el artículo 45.5 refiera que no habrá derecho a aportaciones en los supuestos de innecesariedad en el servicio, no se puede inferir sin más, como se pretende, que esa innecesariedad sea una nueva causa de dispensa del servicio, pues las causas de dispensa ya las ha definido la Ley 7/99 en su artículo 45.1, y si quería establecer otras ese era el lugar adecuado, y del hecho de que después se refería a la innecesariedad, a los efectos de hacer o no aportaciones o prestar ayudas, esa innecesariedad se ha de predicar obviamente de los supuestos de imposibilidad o dificultad, que si se acreditan pueden hacer innecesario el servicio, que es a lo que ciertamente alude la sentencia recurrida cuando en su Fundamento de Derecho Cuarto se refiere al ámbito de aplicación del apartado 5 del artículo 45.
Sin olvidar, en fin, como también refiere la sentencia recurrida, que la Ley Estatal 7/85 en cuanto es básica se impone a la competencia legislativa autonómica, y si bien ésta podrá ciertamente desarrollar y completar la norma básica no puede contradecirla, entre otros, conforme a la propia sentencia del Tribunal Constitucional que la sentencia recurrida cita.
A la vista de la conexión existente entre los motivos de casación segundo del Ayuntamiento de Huesca y primero de la Comunidad Autónoma de Aragón, que aparecen aducidos además al amparo del artículo 88,1,c) de la Ley de la Jurisdicción, el TS considera procedente analizarlos conjuntamente:
A) En el citado motivo de casación segundo del Ayuntamiento de Huesca, al amparo del artículo 88, letra c) de la Ley de la Jurisdicción, denuncia el quebrantamiento de las formas esenciales del juicio por infracción de las normas reguladoras de la sentencia o de las que rigen los actos y garantías procesales, alegando la inaplicación del artículo 45.5 LALA, sin planear la cuestión de inconstitucionalidad.
Y, además la vulneración de la normativa procesal aplicable, sin dar trámite de audiencia a esta parte, produciendo su indefensión, por lo que también sería motivo de casación la letra c) del apartado 1 del artículo 88 de la LJCA.
B) Y en el primer motivo de casación aducido por la Comunidad Autónoma de Aragón se alega en síntesis, que sin haber suscitado las partes la cuestión relativa a la aplicabilidad o no del artículo 45.5 de la Ley 7/99 de Administración Local de Aragón, la Sala entra en el análisis de esa cuestión cayendo en un grave vicio de incongruencia, con vulneración del artículo 65.2. de la Ley de la Jurisdicción; y que ha prescindido de un trámite esencial como el de elevar la cuestión de inconstitucionalidad para el caso de el órgano jurisdiccional se plantee la constitucionalidad o no de una norma postconstitucional; añadiendo además que la Sala realiza un juicio de constitucionalidad de la Ley que le está vedado y sin plantear cuestión de inconstitucionalidad inaplica la Ley 7/99 citada.
El TS considera que procede rechazar tales motivos de casación, pues como se advierte de los Fundamentos de Derecho Segundo y Cuarto, la sentencia recurrida tiene en cuenta y valora lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 7/99, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón, y por tanto no puede aceptarse, como refieren las partes recurridas, que haya inaplicado lo dispuesto en el citado artículo 45.
De otra parte, porque como el artículo 45 citado era en buena medida el fundamento del acto impugnado, y como la sentencia no hace declaración expresa alguna sobre la inconstitucionalidad del mismo no había lugar al trámite de audiencia a las partes que estas reclaman, sin olvidar que la Sala de Instancia si que puede hacer juicio de constitucionalidad sobre la norma autonómica y solo está obligada a plantear la cuestión de inconstitucionalidad, cuando se le ofrezcan dudas sobre la constitucionalidad de la norma y esta sea determinante para el fallo, articulo 35 de la Ley Orgánica 2/79 de 3 de octubre, y tales supuestos aquí no concurren según los términos de la sentencia recurrida.
Y en fin, porque, como más atrás se ha expuesto, la sentencia no aplica lo dispuesto en el artículo 45.5 de la Ley 7/99, como refiere en su Fundamento de Derecho Cuarto, en base al ámbito de aplicación del citado precepto y a virtud de lo dispuesto en la Rey Estatal Básica 7/85, y esa valoración se ha de estimar ajustada a derecho de acuerdo con lo más arriba expuesto, pues si el propio artículo 45 en su apartado 1 define los supuestos de dispensa, por cierto, copiando la propia redacción de la Ley Básica Estatal 7/85, artículo 26, y luego al regular las aportaciones y prestaciones que se han de acompañar al servicio, dispone en su apartado 5, que no se serán procedentes en los supuestos de innecesariedad del servicio, no puede aceptarse como se pretende, que ese concepto de innecesariedad sea una nueva causa de dispensa del servicio, pues las causas de dispensa del servicio ya las ha definido el propio artículo 45 en su apartado 1.
Y a esa declaración se ha de estar, teniendo en cuenta que la interpretación de las normas ha de hacerse en su conjunto, y de acuerdo con su letra y espíritu y si en un apartado se refiere en concreto y de forma detallada a las causas de dispensa de los servicios obligatorios a esa previsión se ha de estar, respecto a las causas autorizadas, máxime cuando en ello se limita a reproducir las causas previstas y autorizadas en la normativa básica, que obviamente la norma autonómica ha de respetar aunque pueda completar y desarrollar, que es lo que la sentencia recurrida declara.
Sin olvidar por último, que la el TS podía aplicar como hizo la norma estatal por ser básica, y definir con precisión las causas de dispensa del servicio obligatorio de mercado; puesto que el Tribunal Supremo no tiene dudas sobre la constitucionalidad del artículo 45 de la Ley 7/99, si se interpreta en su conjunto y de acuerdo con la normativa básica que trata de desarrollar, esto es, entendiendo, como se ha expuesto, que la innecesariedad, que refiere en su apartado 5, no se ha de estimar como nueva causa de dispensa y si como una referencia a los servicios que resulten innecesarios porque son de imposible o de muy difícil cumplimiento.
En el motivo primero de casación el Ayuntamiento de Huesca, denuncia, al amparo del artículo 88.1.d) de la Ley de la Jurisdicción, la infracción de las normas del ordenamiento jurídico y de la jurisprudencia, alegando en síntesis:
A) La vulneración del artículo 9.1 de la Constitución Española, por cuanto la no aplicación, por parte de la sentencia recurrida del artículo 45.5 de la Ley 7/99 de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, supone la vulneración del principio de legalidad; que la expresión innecesariedad del servicio es una especificación o desarrollo legal del artículo 26.2 de la LBRL; y que la sentencia recurrida inaplica el artículo 45.5 de la Ley de Administración Local de Aragón al decir "con independencia del ámbito de aplicación del apartado 5 del mencionado artículo 45, lo cierto es que la Ley Estatal 7/85 es básica y se impone a la competencia legislativa autonómica, que ha de respetar".
B) La vulneración del artículo 149.1.18ª de la Constitución Española en relación con el articulo 35.1.2ª de la Ley Orgánica 8/82 de 10 de agosto del Estatuto de Autonomía de Aragón, en razón a que el Estado tiene la competencia sobre las bases del régimen jurídico de las Administraciones Publicas y la Comunidad Autónoma de Aragón asumió estatutariamente la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de régimen local, y el concepto de desarrollo normativo por las Comunidades Autónomas habilita a éstas para aprobar las normas que, respetando las determinaciones básicas estatales, permiten que la materia quede completamente regulada, y en ese ejercicio de su potestad normativa, respetando las bases, tiene libertad de configuración, plasmando una política propia que no tiene por qué ser idéntica a la defendida por el legislador estatal (STC 5/1982).
Y en el caso de autos además el articulo 45 citado de la Ley Autonómica reproduce lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 7/85 estatal.
C) La infracción del artículo 163 de la Constitución Española y de los artículos 35 y siguientes de la Ley orgánica 2/79 y del artículo 5.1 5.2 y 5.3 de la Ley Orgánica 6/85. Pues si la Sala consideraba que el artículo 45.5 LALA era contrario a la Constitución debía plantear cuestión de inconstitucionalidad y no dejar de aplicar la norma legal autonómica.
El TS considera que procede rechazar tal motivo de casación por lo más atrás expuesto, ya que la Sala de Instancia aplica adecuadamente al caso de autos la normativa básica estatal, no hace declaración alguna sobre la inconstitucionalidad del artículo 45 de la Ley 7/99, y por ultimo esta Sala del Tribunal Supremo no tiene dudas sobre la constitucionalidad del artículo 45 citado si se interpreta y aplica como procede, estimando que la innecesariedad a que se refiere en su apartado 5, se ha de poner en relación con las dos únicas causas de dispensa del servicio, imposibilidad o gran dificultad, que son las recoge en apartado 1 y que son al tiempo las únicas admitidas por la Ley Estatal Básica en la materia Ley 7/85.
Las valoraciones anteriores obligan conforme a lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley de la Jurisdicción a declarar no haber lugar a los recursos de casación a que esta litis se refiere, declarando no haber lugar a los recursos de casación, interpuestos por la Diputación General de Aragón y por el Ayuntamiento de Huesca, contra la sentencia de 5 de abril de 2004, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, recaída en el recurso contencioso administrativo 576/2000, que queda firme.

Barcelona abrirá cuatro albergues para los 'sin techo' antes del 2011.

El Periódico 4/10/2007
Cerca de 900 personas que durante este año han dormido a la intemperie ya tienen techo de forma estable, bien en una residencia, un centro de salud mental, un piso tutelado o una pensión, una cifra similar a la del 2006. Se trata de pobres que el municipio ha atendido en el marco del Plan de Inclusión Social 2005-2010, cuya finalidad es la reinserción, y que durante el actual mandato se verá reforzado con más recursos, materializados, entre otros, en la creación de cuatro equipamientos con unas 200 plazas en los que el cobijo conlleva participar en itinerarios para dejar las calles.
Como han hecho desde enero y hasta septiembre 1.969 indigentes, 820 de los cuales han culminado con éxito el proceso de reintegración, cifra que el municipio estima en 900 al acabar el año. Un triunfo, claro está, sin estridencias, porque siguen dependiendo totalmente de ayudas sociales. Y el objetivo pobreza cero es, precisamente, el principal de este mandato, una misión que recae en el área de Acción Social y Ciudadanía que coordina el quinto teniente de alcalde, Ricard Gomà.De hecho, es una utopía reconocida como tal por el concejal ecosocialista: "Mientras haya pensiones no contributivas y un salario mínimo interprofesional por debajo del umbral de la pobreza --estipulado en 556 euros mensuales por la Unión Europea-- no se logrará, pero desde el ayuntamiento se puede contribuir". Esa contribución, continúa, vendrá dada en los próximos años por un incremento continuado del presupuesto que permita garantizar las necesidades básicas.
3.200 PERSONAS A LA INTEMPERIE
En el caso de los sin techo, el municipio abrirá cuatro centros (uno de ellos sustituirá al albergue de la calle de Almogàvers, afectado por un plan urbanístico), con lo que el consistorio sumará unas 200 nuevas camas a las 716 de titularidad pública de que dispone ahora en nueve equipamientos, de un total de 1.841 plazas de atención. "No queremos dejar ninguna situación desatendida", explica Gomà, que cifra en 900 las personas con exclusión más avanzada y que de forma estable viven al raso, aunque en el cómputo anual, asume el municipio, se han detectado en las calles unas 3.200 personas con diferentes grados de marginación.Respecto a este colectivo, también se prevé aumentar hasta "algunos centenares" los pisos tutelados en los que pueden vivir los sin techo mientras llevan a cabo su reinserción. Esta cifra se conseguiría, según Gomà, mediante convenios con entidades sociales privadas que ya disponen de viviendas para este uso, y la construcción de un mínimo de 30 pisos que se sumarían a los 23 que ya existen de titularidad municipal.
25.000 APARATOS DE TELEASISTENCIA
Pero la pobreza tiene muchos rostros. Aunque el más visible sea el de un sin techo, el más flagrante es el de una persona mayor. Una de cada tres sobrevive con una pensión no contributiva (403,56 euros al mes), lo que convierte a este colectivo en otra de las prioridades municipales, al margen de los servicios incluidos con la inminente puesta en marcha de la ley de autonomía personal.Entre los proyectos, además de cubrir a final de este año con el servicio de teleasistencia a todos los mayores de 75 años que lo requieran --a final de año habrá 25.000 aparatos instalados que vigilarán a 30.000 personas--, está el de extender la red de comedores sociales a los casals de jubilados de todos los distritos, un servicio del que solo dispone Ciutat Vella y el Eixample. "Además de garantizar una comida diaria a un precio simbólico (60 céntimos), el objetivo es evitar el aislamiento", cuenta el concejal.Los planes sociales dedican una mención aparte a las familias, con la elaboración de un documento específico que contempla, entre otros, espacios para niños de 0 a 3 años en todos los distritos y asegura el derecho a becas de comedor para todo el que tenga derecho. Ahora falta poner fechas y más concreciones, que saldrán tras la aprobación del plan de actuación municipal (PAM) hasta el 2011y el presupuesto del 2008.

La galaxia de El Prat. Agustí Fancelli. El País 05.10.07

http://www.elpais.com/articulo/cataluna/galaxia/Prat/elpepuespcat/20071005elpcat_22/Tes

El periodista Agustí Fancelli escribe esta excelente crónica:
Acudí a El Prat para informar sobre los efectos colaterales de la guerra de las galaxias que allí se libra para controlar el Imperio. Mi diario tenía destacados en la zona a valientes corresponsales que habían ido informando desde la primera línea de fuego sobre las posiciones ocupadas por las distintas alianzas, la Oneworld (Unmundo), la Star Alliance (Alianza Estrella) y Sky Team (Equipo del Cielo). La verdad es que yo no acababa de saber quiénes eran los buenos y quiénes los pérfidos en este conflicto, aunque no ocultaré mis simpatías por el Equipo del Cielo, que me parece un nombre más simpático que los otros dos, demasiado pretenciosos, pero mi misión de reconocimiento se hallaba por fortuna muy alejada del núcleo del conflicto. Yo debía reportar sobre los límites, esa huerta húmeda del Baix Llobregat por la que el río, remansado y silencioso (hasta que no le da por el estropicio), se dirige exhausto hacia el mar. Hace años, yo había patrullado a menudo por la región, pues la central se hallaba muy cerca de allí. Los comandos operativos de entonces solíamos ir a mediodía en alegre francachela, bien a Can Pep, bien, pasada la colonia holandesa de La Seda, a algún chiringuito de la playa, una playa en la que estaba prohibido bañarse por la contaminación del agua y que era frecuentada por profesionales del cuerpo (el de carne y hueso, no el de la milicia) que allí tomaban el sol a resguardo de bañistas indiscretos.

¡Ah, pequeño mundo antiguo! Para acceder al mar había que serpentear por una carretera secundaria que limitaba con la cabeza de pista, donde, aunque estuviera prohibido, solíamos parar para contemplar extasiados las panzas ribeteadas de los aviones, mientras conteníamos el aliento hasta que las garras de la bestia tocaban el asfalto, desprendiendo un humo blanco que era un canto a la resistencia de materiales. Más allá, la carretera pasaba entre el cámping Cala Gogó y el club de golf, y desembocaba en una avenida de pinos retorcidos por el tórrido viento del sur, que moría en la misma arena. Era un finis terrae en toda regla. Al norte limitaba con los marjales insalubres del río, y hacia el sur, con ciertas instalaciones militares (¿una avanzadilla de alguna de las alianzas actualmente en liza?) hasta las que nunca habíamos llegado, pues los senderos se perdían en terrenos baldíos donde hubiera sido fácil caer en alguna emboscada. Hoy Cala Gogó y el club deportivo que reunió a apellidos tan ilustres como Bertrand, Caralt, Mas Sardà, Daurella, Delàs, Fisas, Godó, Mateu y Sentmenat han desaparecido, engullidos por la tercera pista del Imperio. La antigua carretera pasa por debajo de esa pista, flanqueada por un espacioso carril bici, bien segregado. Más allá bordea Cal Vallejo, la torre noucentista rematada por pérgola florentina y cenefas modernistas habitada por los masoveros de la Ricarda, la finca agrícola y de veraneo de la familia del textil algodonero Bertrand i Serra. A través de la cerca de juncos se descubre un campo de fútbol pelado ante las porterías, un frontón de cemento agrietado por las humedades y unas caballerizas que guardan maquinaria agrícola. Un pavo real cruza absorto uno de los camino de grava del parque. A aquella burguesía, acaso no menos galáctica que las actuales fuerzas del Imperio, le dio por ejercer de gentleman farmer en medio de una huerta que abastecía al Born de verduras y pollos de pata azul. Eso permanece: los campos están cultivados con alcachofas, espinacas, coles, calabazas y tomateras que trepan por espalderas de caña. La vegetación es explosiva: hay tamarindos, adelfas, retama, sauces lánguidos e higueras junto a muros en ruina, jazmines, madreselvas, zarzales de moras oscuras, pitas, plátanos, laureles, pinos, cipreses, palmeras. Huele a delta, ese olor complejo, africano, algo ácido, mezcla de abono, agua de marisma y vegetación sobredimensionada. Hay también muchas aves que viven al margen de la guerra de las galaxias: yo vi mirlos, hurracas, cotorritas americanas, garzas afiladas de cuello interrogante y nerviosos gorriones picoteando por los sembrados. Mariposas de un amarillo muy pálido punteaban el horizonte. El antiguo finis terrae prosigue ahora convertido en un lungomare socialdemócrata, con chiringuitos de madera escandinava, caminos de listones para llegar hasta el agua, duchas de diseño, focos encaramados a postes de acero corten y muchos carteles que prohíben adentrarse en las zonas no señalizadas donde anidan los pájaros. El camino concluye en el Mirador de la Roberta. Allí se divisa el estanque del mismo nombre, donde nadan indolentes dos gallines d'aigua; los terrenos del antiguo golf que esperan ser reciclados en parque público (se supone que conservando el edificio social, obra de Coderch), y por detrás la tercera pista, muy transitada. Al fondo, las famosas instalaciones militares que siempre habíamos temido. De vuelta, me fijé en las "huertas lúdicas municipales" y pensé en los sacrificios que exigía la vieja huerta, nada lúdica. Pero eso ocurría mucho antes de la guerra de las galaxias, en tiempos del golf, los chiringuitos y las alegres patrullas en misión de reconocimiento.

02 octubre 2007

La Plataforma reclama a l’Ajuntament de Molins de Rei que aturi el pla. Protestes contra una nova “queixalada” a Collserola. Denúncia ecologista

El Triangle, núm. 843. F.R. Molins de Rei
La Plataforma Cívica per a la Defensa de Collserola (PCDC) reclama a l’Ajuntament de Molins de Rei (Baix Llobregat) que aturi el projecte de construir 400 habitatges en uns terrenys situats a la zona de la Rierada, dins de l’àmbit del parc de Collserola.
L’entitat ecologista acusa el consistori d’actuar de manera contradictòria perquè, d’una banda “defensala creació d’un parc natural i la conservació de la serralada i, de l’altra, tolera actuacions d’aquesta mena”, diu la seva portaveu, Eva Mas.
L’execució del pla d’acord amb les seves característiques actuals suposaria en la pràctica quintuplicar el nombre d’habitatges. En la tramitació del pla urbanístic es va tancar recentment el període d’informació pública, i, per tant, es troba en fase d’estudi de les al.legacions presentades. La plataforma vol que el consistori aprofiti l’ocasió per desestimar el projecte. Els ecologistes reconeixen que, des del punt de vista legal, hi ha poca cosa a dir perquè es tracta d’uns terrenys que són urbanitzables, però qüestionen l’actuació municipal per aquesta diversitat de criteris en les seves polítiques en relació a Collserola.
L’objectiu inicial del pla era solucionar un greu problema urbanístic que pateix el nucli de la Rierada, on hi ha actualment uns 75 habitatges. El barri disposa d’un clavegueram construït de fa tems que no pot entrar en funcionament pels greus defectes de disseny i de construcció en els seus dos extrems. Tampoc no hi ha subministrament d’aigua corrent. La plataforma considera que les peticions veïnals que es deriven d’aquesta situació “són raonables, però en cap cas no pot ser l’excusa per desenvolupar un nou barri allà on la majoria dels vilatans voldríem que fos un espai protegit”.
Costos per a tothom
Mas denuncia també que la promoció del pla preveu carregar els costos de la urbanització a tots els veïns, tant als nous que vinguin com als que actualment ja hi viuen. La portaveu ecologista considera que això és del tot injust perquè “es tracta de fer pagar a unes persones que només volen aigua i clavegueram uns costos no desitjats per a una urbanització d’alt nivell”, ja que el projecte preveu fanals, bancs i altres peces de mobiliari urbà a instal.lar dins del parc “totalment de luxe”.
Mas assegura que la il.luminació actual prevista “provocarà una considerable contaminació lumínica”.
Finalment, també es queixa que les obres de construcció provoquen el desviament d’una riera, “qüestió que contradiu els principis del projecte Rius, en el qual l’Ajuntament de Molins de Rei participa”.
En l’escrit de denúncia elaborat per la Plataforma s’afirma que “el projecte ignora del tot a la recent inclusió de l’espai natural de Collserola dins de la xarxa europea Natura 2000 com a conseqüència de la directiva comunitària d’hàbitats”.
També s’acusa el consistori d’ignorar els treballs fets per altres administracions en favor de la protecció del conjunt de l’àmbit de la serralada.
Mas creu que “les adminsitacions veuen Collserola més com un espai de recursos que no pas com un espai a protegir.